SUBVENCIONES COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO, DESTINADAS A FOMENTAR EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS POR CUENTA PROPIA EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN (2012)
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SUBVENCIONES COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO, DESTINADAS A FOMENTAR EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS POR CUENTA PROPIA EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN (2012)
-ORDEN EYE/701/2012, de 14 de agosto (Bases, Bocyl 168/12, 31 de agosto)
-CONVOCATORIA: RESOLUCIÓN BOCYL 17 de septiembre 2012
Objeto:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia en la Comunidad de Castilla y León para el año 2012.
Serán financiables, con cargo a la presente resolución, aquellas solicitudes de trabajadores por cuenta propia cuya fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente se hubiera producido desde el día 1 de enero de 2012 hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Beneficiarios:
Personas físicas que hayan iniciado una actividad económica por cuenta propia en el período establecido, siempre que cumplan los requisitos.
Requisitos:
a) En el caso de solicitar la subvención para la realización de una actividad que exija darse de alta en el RETA: Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en la fecha de alta en el RETA.
b) Excepcionalmente, si en la fecha de alta en el RETA el solicitante no cumple el requisito de estar desempleado e inscrito como demandante de empleo, se tendrá en cuenta como fecha de referencia, únicamente a efectos del cumplimiento de ese requisito, la que figure como fecha de registro de entrada en el documento de solicitud de alta en el RETA (modelo TA.0521/1 o documento equivalente).
c) En el caso de solicitar la subvención para la realización de una actividad profesional que exija la colegiación en un Colegio Profesional: Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en la fecha de alta en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
d) Haberse dado de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional, antes de presentar la solicitud de subvención.
Cuantía:
La cuantía máxima de la subvención por todos los conceptos previstos será de 13.000 €, y se calculará, en función de que el solicitante acredite la realización de todas o alguna de las acciones subvencionables
Plazo: Desde el 28 de septiembre de 2012 hasta el 17 de octubre de 2012
-CONVOCATORIA: RESOLUCIÓN BOCYL 17 de septiembre 2012
Objeto:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia en la Comunidad de Castilla y León para el año 2012.
Serán financiables, con cargo a la presente resolución, aquellas solicitudes de trabajadores por cuenta propia cuya fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente se hubiera producido desde el día 1 de enero de 2012 hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Beneficiarios:
Personas físicas que hayan iniciado una actividad económica por cuenta propia en el período establecido, siempre que cumplan los requisitos.
Requisitos:
a) En el caso de solicitar la subvención para la realización de una actividad que exija darse de alta en el RETA: Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en la fecha de alta en el RETA.
b) Excepcionalmente, si en la fecha de alta en el RETA el solicitante no cumple el requisito de estar desempleado e inscrito como demandante de empleo, se tendrá en cuenta como fecha de referencia, únicamente a efectos del cumplimiento de ese requisito, la que figure como fecha de registro de entrada en el documento de solicitud de alta en el RETA (modelo TA.0521/1 o documento equivalente).
c) En el caso de solicitar la subvención para la realización de una actividad profesional que exija la colegiación en un Colegio Profesional: Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en la fecha de alta en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
d) Haberse dado de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional, antes de presentar la solicitud de subvención.
Cuantía:
La cuantía máxima de la subvención por todos los conceptos previstos será de 13.000 €, y se calculará, en función de que el solicitante acredite la realización de todas o alguna de las acciones subvencionables
Plazo: Desde el 28 de septiembre de 2012 hasta el 17 de octubre de 2012
Felix Antonio - Concejal- Cantidad de envíos : 2273
Fecha de inscripción : 13/08/2011
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