Aldeamayor Golf
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Acta del Pleno ordinario de 31 de octubre de 2013 (2ª parte) Tasas

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Acta del Pleno ordinario de 31 de octubre de 2013 (2ª parte) Tasas Empty Acta del Pleno ordinario de 31 de octubre de 2013 (2ª parte) Tasas

Mensaje  tocalaotravezsan Miér Nov 06, 2013 7:25 pm

ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTIN DEL DIA 31 DE OCTUBRE DE 2013 .-

En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Aldeamayor de San Martín, siendo las veinte horas del día treinta y uno de Octubre de dos mil trece, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. Bernardo Sanz Manso, se reunió, en Sesión Ordinaria, el Ayuntamiento Pleno de Aldeamayor de San Martín con la asistencia de los Srs. Concejales D. Jacob Bermejo de la Cal, D. Abilio Ojero Vivas, D. Francisco Javier Montes Juste, Dª Virginia Almanza, D. Fernando de la Cal Bueno, D. Francisco Claro Álvarez, D. Félix Antonio Calleja Bolado, Dª Pilar Santos Villafañe, Dª María del Mar Martín Gómez y D. Francisco Antonio Lambás Cid.

Asiste el Sr. Interventor del Ayuntamiento D. Francisco Javier González Martín, y el Sr. Secretario del Ayuntamiento D. Teodoro Sanz Rivas, que da fe del acto.
ERCERO.- Dar cuenta del presente acuerdo al Ayuntamiento Pleno. “

5.- APROBACION PROVISIONAL DE LA MODIFICACION DE TARIFAS EN LA ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO MUNICIPAL DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE .
De acuerdo con el dictamen de la C.I. de Hacienda, Régimen Interior, Patrimonio y Turismo del día 24 de Octubre , se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo :

“ A juicio de la Alcaldía se hace necesaria, dada la actual coyuntura económica, una revisión al alza de las tarifas de las Tasas por la prestación del servicio municipal de suministro de agua potable, por los servicios de alcantarillado y el tratamiento y depuración de aguas residuales, para hacer frente al déficit de tarifa existente; teniendo en cuenta la ejecución por parte del Ayuntamiento de importantes inversiones de renovación y ampliaciones de las distintas infraestructuras asociadas a los citados servicios, como consecuencia del importante crecimiento poblacional producido, buscando los recursos necesarios y redimensionando las instalaciones del sistema para poder atender la creciente demanda existente en el municipio.

Más concretamente, por lo que respecta al consumo asociado a las Viviendas, oficinas y comercios, se procede a una adecuación de los tramos tarifarios de las citadas tasas a los parámetros mayoritarios de consumo del municipio, teniendo en cuenta los datos arrojados en los cinco años de gestión directa de los citados servicios en las Urbanizaciones “Aldeamayor Golf” y “El Soto”, del municipio: Lo anterior se traduce, básicamente, en la fijación de una cuota de servicio y la modificación de los tramos tarifarios, para que el consumidor pague por los m3 realmente consumidos: Un primer bloque de 0 a 20m3, un segundo bloque desde 20 hasta 40 m3, un tercer bloque desde 40 hasta 80 m3, un cuarto bloque desde 80 hasta 160 m3 y la introducción de un quinto tramo tarifario a partir de 160 m3.
Visto el informe favorable de la C.I. de Hacienda, Regimen Interior, Patrimonio y Turismo
Por todo lo expuesto, el Ayuntamiento Pleno acuerda :
PRIMERO.- Aprobar provisionalmente la modificación de las tarifas de la TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE, en los términos que se transcriben a continuación en el ANEXO del presente acuerdo.
SEGUNDO .- De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los acuerdos adoptados y la aprobación de la ordenanza fiscal se expondrán al público por un periodo de treinta días mediante edicto insertado en boletín oficial de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. De no presentarse reclamación alguna contra los acuerdos adoptados, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales.
ANEXO :


MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE


Se modifica el artículo 5 de la ordenanza fiscal, que queda redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 5.- CUOTA TRIBUTARIA

Se determinará por la aplicación del siguiente cuadro de tarifas:

SUMINISTRO AGUA POTABLE
USO DOMÉSTICO Tramos Tarifa (€/m3)
Viviendas, oficinas, comercios, Tarifa de Servicio 3,00
Desde 0 hasta 20m3 0,30
Exceso de 20m3 hasta 40m3 0,73
Exceso de 40m3 hasta 80m3 1,10
Exceso de 80m3 hasta 160m3 1,47
Exceso de 160m3 en adelante 1,96
Hoteles, residencias, Mínimo de 60m3/trimestre 38,34
Exceso de 60m3 hasta 120m3 0,83
Exceso de 120m3 hasta 200m3 1,11
Exceso de 200m3 en adelante 1,65
Piscinas Tasa fija por m3 0,80
USO INDUSTRIAL Tramos Tarifa (€/m3)
Industrias Polígono Mínimo de 60m3/trimestre 38,34
Exceso de 60m3 hasta 120m3 0,83
Exceso de 120m3 hasta 200m3 1,11
Exceso de 200m3 en adelante 1,65
USO DE OBRA Sin tramos Tarifa (€/m3)
Agua para obras en ejecución Tasa fija por m3 0,80

SUMINISTRO EN ALTA Sin tramos Tarifa (€/m3)
Convenios para gestión de redes no recepcionadas que se abastecen de agua procedente de la red municipal: Urbanizaciones, ... Tasa fija por m3 0,80

Sobre las tarifas se aplicará, en su caso, el IVA correspondiente “

Intervenciones :
Interviene la Sra Teniente de Alcalde , y Concejala Delegada de este Area , Dª Virginia Almanza Badás , para indicar que se ratifica en lo dicho en Comisión: es necesario paliar el déficit estimado en unos 300.000 €, y con esta subida se palia en unos 100.000 €.
Dª Pilar Santos Villafañe, portavoz del Grupo político de URCL, dice que ha realizado comparaciones en cada tramo de la tarifa con el año anterior, y hay tramos en que da un 140 % de subida, lo cual es una barbaridad. En el supuesto de 50 m3 asciende de 14,37 en el 2013 a 34,6 en el 2014, que es un incremento del 140,78 %.. En el alcantarillado pasa lo mismo : de 3,96 a 5,20. Y sumando todo un recibo de 50 m3 con todo sufre un incremento del 107 %.
Replica la Sra. Almanza Badás que eso en ningún caso, según sus tablas que ha elaborado el técnico.
La Sra Santos Villafañe dice que son los números y requiere la intervención sobre este asunto del Sr. Interventor. El Sr. Interventor dice que el técnico ha calculado la diferencia por m3, pero que el multiplicarlo y sumar la tasa de servicio en algun tramo sí es posible que dé esas diferencias; pero eso lo pueden comprobar los Srs. Concejales. La Sra Santos Villafañe y el Sr. Ojero Vivas replican que lo han comprobado. El Sr. Interventor vuelve a reconocer que en el cálculo de un recibo personal de agua puede ocurrir que salga ese incremento.
La Sra Almanza Badás dice que en efecto se ha subido , pero no es lo mismo aumentar sobre 5 € que sobre 500 € , el mismo porcentaje.
Interviene D. Abilio Ojero Vivas del Grupo del Partido Popular y dice que mantiene la misma postura que la Sra. Santos Villafañe , y explica que como el técnico en su cuadro comparativo ha metido el alcantarillado y la depuración pues baja la media de la subida; pero la subida del agua potable es la que se ha dicho.Y añade . “Es una subida descabellada”. Recuerda que se podía haber hecho en 3 o 4 años , pero no hacerlo de golpe más de un 100% en sólo un año. Invita a ponerse de acuerdo todos los grupos y hacerlo progresivamente. Y dice que no sabe que precio se fijará el día en que el Ayuntamiento se haga cargo de la concesión de Deincasa. Y vuelve a insistir en la que la subida es abusiva.
Recuerda el Sr. Ojero Vivas que cuando gobernaban ellos fueron muy criticados porque habiáin cogido el IPC de Agosto, y no el de Diciembre que era más bajo; y ahora se coge también el de Agosto, porque lógicamente es el IPC de referencia para los técnicos cuando comienzan a trabajar sobre las Ordenanzas Fiscales.
Duda el Sr. Ojero Vivas que los miembros del equipo de gobierno hayan hechos los números y hayan examinado sus recibos.
Replica la Sra. Almanza Badás que pide respeto en primer lugar, y considera que el Ayuntamiento puede ofrecer mejor precio que la empresa privada porque no busca el beneficio.
Replica el Sr. Ojero Vivas que las empresas privadas gestionan con menos personal, y el Ayuntamiento con más; y que es muy posible que si se examinaran los balances se vería que están en pérdidas.
Votacion :
El dictamen es aprobado como acuerdo del Pleno por seis votos a favor, de los Srs. Sanz Manso, de la Cal Bueno, Claro Álvarez , Calleja bolado, Lambás Cid, y Sra. Alamanza Badás; y con cinco votos en contra de los Srs. Bermejo de la Cal, Ojero Vivas, Montes Juste y Sras. Santos Villafañe y Martín Gómez.

6. – APROBACION PROVISIONAL DE LA MODIFICACION DE TARIFAS EN LA ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE ALCANTARILLADO Y POR EL TRATAMIENTO Y DEPURACION DE AGUAS RESIDUALES.

De acuerdo con el dictamen de la C.I. de hacienda, Regimen Interior , Patrimonio y Turismo del día 24 de Octubre se propone la adopción del siguiente acuerdo :
Hay que destacar en relación con la tasa por los servicios de alcantarillado y por el tratamiento y depuración de aguas residuales, el mantenimiento en los bloques cuarto y quinto (desde 80 m3 hasta 160 m3) para consumos superiores a 80 m3, de la cuota del 2013 incrementando únicamente el IPC interanual de agosto de 2013 a agosto de 2014, equivalente al 1,5 %.

El cuanto al resto de epígrafes del cuadro de tarifas se propone una modificación al alza, si bien incrementando únicamente el IPC interanual de agosto de 2013 a agosto de 2014, equivalente al 1,5 %.

Y por lo expuesto , el Ayuntamiento Pleno acuerda :
PRIMERO.- Aprobar provisionalmente la modificación de las tarifas de la TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ALCANTARILLADO Y POR EL TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES en los términos que se transcriben a continuación en el ANEXO del presente acuerdo
SEGUNDO .- De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los acuerdos adoptados y la aprobación de la ordenanza fiscal se expondrán al público por un periodo de treinta días mediante edicto insertado en boletín oficial de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. De no presentarse reclamación alguna contra los acuerdos adoptados, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales.
ANEXO :
MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ALCANTARILLADO Y POR EL TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS Se modifica el artículo 5 apartado b) de la ordenanza fiscal, que queda redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 5.- BASE IMPONIBLE, LIQUIDABLE Y CUOTA TRIBUTARIA.

a) POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ALCANTARILLADO

Las cuotas exigibles por esta exacción tendrán carácter trimestral y podrán recaudarse individual o conjuntamente con el recibo por consumo de agua, de acuerdo con el siguiente cuadro de tarifas:

ALCANTARILLADO
USO DOMÉSTICO Tramos Tarifa (€/m3)
Viviendas, oficinas, comercios, Tarifa de Servicio 1,20
Desde 0 hasta 20m3 0,12
Exceso de 20m3 hasta 40m3 0,16
Exceso de 40m3 hasta 80m3 0,30
Exceso de 80m3 hasta 160m3 0,08
Exceso de 160m3 en adelante 0,08
Hoteles, residencias, Mínimo de 60m3/trimestre 19,24
Exceso de 60m3 hasta 120m3 0,42
Exceso de 120m3 hasta 200m3 0,55
Exceso de 200m3 en adelante 0,84
Piscinas Tasa fija por m3 0,40
USO INDUSTRIAL Tramos Tarifa (€/m3)
Industrias Polígono Mínimo de 60m3/trimestre 19,24
Exceso de 60m3 hasta 120m3 0,42
Exceso de 120m3 hasta 200m3 0,55
Exceso de 200m3 en adelante 0,84


b) POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES.

Las cuotas exigibles por esta exacción tendrán carácter trimestral y podrán recaudarse individual o conjuntamente con el recibo por consumo de agua, de acuerdo con el siguiente cuadro de tarifas:

TRATAMIENTO Y DEPURACION
USO DOMÉSTICO Tramos Tarifa (€/m3)
Viviendas, oficinas, comercios, Tarifa de Servicio 1,20
Desde 0 hasta 20m3 0,12
Exceso de 20m3 hasta 40m3 0,16
Exceso de 40m3 hasta 80m3 0,30
Exceso de 80m3 hasta 160m3 0,16
Exceso de 160m3 en adelante 0,16
Hoteles, residencias, Mínimo de 60m3/trimestre 16,20
Exceso de 60m3 hasta 120m3 0,36
Exceso de 120m3 hasta 200m3 0,48
Exceso de 200m3 en adelante 0,72
Piscinas Tasa fija por m3 0,54
USO INDUSTRIAL Tramos Tarifa (€/m3)
Industrias Polígono Mínimo de 60m3/trimestre 16,20
Exceso de 60m3 hasta 120m3 0,36
Exceso de 120m3 hasta 200m3 0,48
Exceso de 200m3 en adelante 0,72

Intervenciones :
La Sra Santos Villafañe manifiesta que sigue en la misma línea que antes. Los cálculos demuestran que hay un incremento en algunos tramos de un 50% . Se queja de haber sido tratada de ignorante , y dice que no es falta de respeto pensar en alto. Replica la Sra Almanza Badás que ella no ha tratado a nadie de ignorante, y que se ha limitado a exponer sus cifras.
Interviene el Sr. Bermejo de la Cal, portavoz del grupo del Partido Popular, dice que tanto en el agua como en el alcantarillado los tramos que más se graban son los de la mayoría de hogares.
Responde el Sr. Claro Álvarez diciendo que se sorprende de que se sorprendan pues tiene que recordar que hace tres años emitieron facturas de hasta 1.500 € a algún consumidor del Campo de Golf. Replica el sr. Ojero Vivas que qué ganas tenía el Sr. Claro de grabar al pueblo , pero le advierte que con esta subida los del Campo de Golf “ también van a ir guapos “. Dice que no defiende el despilfarro, pero tampoco puede defender una subida como la de ahora.
El Sr. Claro Alvarez replica que debiera leerse la denuncia y la sentencia , porque la tasa se mantendrá en el 10 % del consumo, tal y como pide la Sentencia.

Votación :
Es aprobado el dictamen como acuerdo del Pleno por seis votos a favor, de los Srs. Sanz Manso, de la Cal Bueno, Claro Álvarez , Calleja bolado, Lambás Cid, y Sra. Alamanza Badás; y con cinco votos en contra de los Srs. Bermejo de la Cal, Ojero Vivas, Montes Juste y Sras. Santos Villafañe y Martín Gómez.

7.- APROBACION PROVISIONAL DE LA MODIFICACION DE TARIFAS DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO MUNIICPAL DE ABASTECIMIENTO DE AGUA DE RIEGO.
De acuerdo con el Dictamen de la C.I. de Hacienda, Régimen Interior, Patrimonio y Turismo del día 24 de Octubre de 2013 se propone la adopción del siguiente acuerdo :
Por lo que se refiere a la Tasa por prestación del servicio municipal de abastecimiento de agua de riego, se mantiene la existencia de una cuota de servicio y procede a la modificación de los tramos tarifarios: De los dos bloques existentes en el año 2013, se pasa a cuatro bloques: Un primer bloque de 0 a 100m3, un segundo bloque desde 100 hasta 200 m3, un tercer bloque desde 200 hasta 300 m3 y un cuarto bloque a partir de 300 m3.

El cuanto al resto de epígrafes del cuadro de tarifas, al igual que el caso anterior, se propone una modificación al alza, si bien incrementando únicamente el IPC interanual de agosto de 2013 a agosto de 2014, equivalente al 1,5 %.

Pôr lo expuesto, el Ayuntamiento Pleno acuerda :
PRIMERO.- Aprobar provisionalmente la modificación de las tarifas de la TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE ABASTECIMIENTO DE AGUA DE RIEGO, en los términos que se transcriben a continuación en el ANEXO del presente acuerdo

SEGUNDO .- De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los acuerdos adoptados y la aprobación de la ordenanza fiscal se expondrán al público por un periodo de treinta días mediante edicto insertado en boletín oficial de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. De no presentarse reclamación alguna contra los acuerdos adoptados, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales.
ANEXO :
MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE ABASTECIMIENTO DE AGUA DE RIEGO


Se modifica el artículo 5 de la ordenanza fiscal, que queda redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 5.- CUOTA TRIBUTARIA

Se determinará por la aplicación del siguiente cuadro de tarifas:

SUMINISTRO AGUA DE RIEGO
USO DE RIEGO DE PARCELAS PRIVADAS NO DEPORTIVAS Tramos Tarifa (€/m3)
Abastecimiento de agua no potable a parcelas privadas de superficie inferior a 2.000m2. Tarifa de servicio 3,00
Desde 0 hasta 100m3 0,30
Exceso de 100m3 hasta 200m3 0,45
Exceso de 200m3 hasta 300m3 0,55
Exceso de 300 m3 0,65
Abastecimiento de agua no potable Tasa fija por m3 0,54

USO DE RIEGO DE PARCELAS DEPORTIVAS Sin Tramos Tarifa (€/m3)
Abastecimiento de agua no potable a parcelas deportivas de superficie superior a 2.000m2. Tasa fija por m3 0,33
USO DE OBRA Sin tramos Tarifa (€/m3)
Agua para obras en ejecución con licencia y contador Tasa fija por m3 0,52
SUMINISTRO EN ALTA Sin tramos Tarifa (€/m3)
Convenios para gestión de redes no recepcionadas que se abastecen de agua procedente de la red municipal: Urbanizaciones, ... Tasa fija por m3 0,52

Sobre las tarifas se aplicará, en su caso, el IVA correspondiente
Votación : es aprobado el dictamen como acuerdo del Pleno por seis votos a favor, de los Srs. Sanz Manso, de la Cal Bueno, Claro Álvarez , Calleja bolado, Lambás Cid, y Sra. Alamanza Badás; y con cinco votos en contra de los Srs. Bermejo de la Cal, Ojero Vivas, Montes Juste y Sras. Santos Villafañe y Martín Gómez.

8.- APROBACION PROVISIONAL DE LA MODIFICACION DE LAS TARIFAS DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO MUNICIPAL DE RECOGIDA DE BASURAS.

De acuerdo con el dictamen de la C.I. de Hacienda, Régimen Interior, Patrimonio y Turismo del día 24 de Octubre, por lo que se refiere a la Tasa de Basuras, se propone una modificación al alza en todos los epígrafes, si bien incrementando únicamente el IPC interanual de agosto de 2013 a agosto de 2014, equivalente al 1,5 %.
Por lo expuesto, el Ayuntamiento Pleno acuerda :
PRIMERO.- Aprobar provisionalmente la modificación de las tarifas de la TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE RECOGIDA DE BASURAS, en los términos que se transcriben a continuación en el ANEXO del presente acuerdo.
SEGUNDO .- De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los acuerdos adoptados y la aprobación de la ordenanza fiscal se expondrán al público por un periodo de treinta días mediante edicto insertado en boletín oficial de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. De no presentarse reclamación alguna contra los acuerdos adoptados, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales.
ANEXO :
MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE RECOGIDA DE BASURAS


Se modifica el artículo 6 de la ordenanza fiscal, que queda redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 6. CUOTA TRIBUTARIA

La tasa se exigirá de conformidad con el siguiente cuadro de tarifas (trimestrales):

TASA DE BASURAS
ESTABLECIMIENTOS EN SUELO URBANO Tarifa Importe trimestral
Viviendas, parcelas y solares Cuota fija 10,46 €
Oficinas bancarias, comercios, tiendas, quioscos, talleres o almacenes <250m2 Cuota fija 22,52 €
Empresas ubicadas en el Polígono “El Brizo” Cuota fija 31,27 €
Empresas ubicadas en el Polígono “El Brizo” con contenedores de uso exclusivo (en función del nº contenedores) 173,97€/cont
Supermercados Cuota fija 59,11 €
Hoteles, residencias, restaurantes y bares Cuota fija 31,27 €
SUELO RÚSTICO Tarifa Importe trimestral
Empresas o titulares ubicados en suelo rústico Cuota variable 173,97€/cont
(en función del nº contenedores)

Intervenciones : el Sr. Ojero Vivas dice que esta tasa también es deficitaria, y ahora sólo la suben el 1,5 %, quizás a otro año propongan una subida del 30%.
Votación : Es aprobado el dictamen como acuerdo del Pleno por 9 votos a favor de los Srs. Sanz Manso, de la Cal Bueno, Claro Alvarez, Calleja Bolado, Lambás Cid, Sra Almanza Badás, Ojero Vivas, Bermejo de la Cal, y Montes Juste; y con la abstención de las Sras. Santos Villafañe y Martín Gómez.

9.- APROBACION PROVISIONAL DE LA MODIFICACION DE LA TASA POR LA UTILIZACION DE LOCALES DE PROPIEDAD MUNICIPAL.
De acuerdo con el dictamen de la C.I. de Hacienda, Régimen Interior, Patrimonio y Turismo del día 24 de Octubre se considera conveniente igualmente, modificar la tasa por la utilización de locales municipales para incluir un nuevo epígrafe en relativo a la cafetería ubicada en la piscina municipal, en base al informe técnico emitido por el Sr. Arquitecto Municipal de fecha 15 de octubre de 2013.
Por lo expuesto, el Ayuntamiento Pleno acuerda :
PRIMERO.- Aprobar provisionalmente la modificación de la tasa por la UTILIZACIÓN DE LOCALES DE PROPIEDAD MUNICIPAL en los términos que se transcriben a continuación en el ANEXO del presente acuerdo.
SEGUNDO .- De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los acuerdos adoptados y la aprobación de la ordenanza fiscal se expondrán al público por un periodo de treinta días mediante edicto insertado en boletín oficial de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. De no presentarse reclamación alguna contra los acuerdos adoptados, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales.
ANEXO :
Se modifica el ANEXO: CUADRO DE TARIFAS de la ordenanza fiscal, que queda redactado de la siguiente manera:




ANEXO: CUADRO DE TARIFAS: USO DE LOCALES MUNICIPALES



TARIFAS €/día €/semana €/mes
a) Casa de Cultura:
Salas (hasta 50 metros cuadrados): 15,00 105,00 405,00
Salas (hasta 80 metros cuadrados): 24,00 168,00 720,00
Salón de actos: 105,00 735,00 3.150,00
b) Espacio Joven
Salas de danza y sala polivalente: 24,00 168,00 720,00
c) Centro de Día:
Salas (hasta 50 metros cuadrados): 15,00 105,00 405,00
Salas (hasta 80 metros cuadrados): 24,00 168,00 720,00
d) Piscina municipal:
Cafetería (hasta 80 metros cuadrados): 24,00 168,00 720,00

Intervenciones : Dª Virginia Almanza justifica esta Modificación en que en el año anterior no se incluyó el uso del bar de las Piscinas , y que se ha considerado conveniente su uso, y se utilizará conforme al Reglamento.
Votación : Es aprobado el dictamen como acuerdo del Pleno por unanimidad de todos los Srs Concejales presentes.
10.- APROBACION PROVISIONAL DE LA MODIFICACION DE LA TASA POR LA UTILIZACION DE PISCINAS E INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES.
De acuerdo con el dictamen de la C.I. de Hacienda, Régimen Interior, Patrimonio y Turismo se considera conveniente incluir un nuevo epígrafe dentro del cuadro de tarifas de la Tasa por utilización de instalaciones deportivas, relativo a la utilización del Frontón Municipal de reciente construcción, equivalente a la que se cobra actualmente a los no empadronados.

PRIMERO.-Aprobar provisionalmente la modificación de la TASA POR LA UTILIZACIÓN DE PISCINAS E INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES, en los términos que se transcriben a continuación en el ANEXO del presente acuerdo

SEGUNDO- De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los acuerdos adoptados y la aprobación de la ordenanza fiscal se expondrán al público por un periodo de treinta días mediante edicto insertado en boletín oficial de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. De no presentarse reclamación alguna contra los acuerdos adoptados, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales.
ANEXO:
Se modifica el ANEXO: CUADRO DE TARIFAS de la ordenanza fiscal, que queda redactado de la siguiente manera:

II. ALQUILER POLIDEPORTIVO
Empadronados 13 €/hora
No empadronados 19 €/hora
III. ALQUILER FRONTÓN CUBIERTO
Empadronados 0 €/hora
No empadronados 19 €/hora


Intervenciones : La Sra Almanza Badás explica que se trata de aplicar una tasa a los no empadronados, que preferentemente los fines de semana ocupan el Frontón, y hasta ahora no pagaban nada; no se impide su uso, pero se les cobrará.

Votación : Es aprobado el dictamen como acuerdo del Pleno por unanimidad de todos los miembros de la Corporación Municipal

11.- MODIFICACION DE CREDITOS Nº 19/ 2013 BAJO MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITOS.
De acuerdo con el dictamen de la c.I. de Hacienda , Régimen Interior, Patrimonio y Turismo se somete al Pleno la siguiente Propuesta de acuerdo:
Vista la necesidad de atender la ejecución de determinados gastos no previstos inicialmente en el Presupuesto municipal de 2013, que no es posible demorar hasta el ejercicio siguiente, tal y como se pone de manifiesto en el informe técnico emitido por el Sr. Arquitecto, con fecha 18 de octubre de 2013, debido al incremento del presupuesto inicialmente previsto para la ejecución de las obras de Nuevo ramal de abastecimiento de agua potable, producido con posterioridad a la aprobación definitiva de la modificación presupuestaria 07/2013, por lo que se hace preciso elevar la consignación inicialmente prevista para pueda cubrir el presupuesto de la obra y las posibles modificaciones posteriores. También se hace preciso proceder a la reposición de las rejillas de fundición del drenaje de pluviales que fueron robadas en la Urbanización Campo de Golf.

Visto el expediente H.L 151/2013 y teniendo en cuenta lo informado por el Sr. Interventor, y en base a la documentación que obra en el expediente, es por lo que se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Modificar el Presupuesto general de 2013 mediante suplemento de créditos, en las partidas que se indican así como la fuente de financiación, de acuerdo con el siguiente detalle:

PARTIDAS DE GASTOS
PARTIDA DESCRIPCCIÓN CONSIGNACIÓN ACTUAL INCREMENTO CONSIGNACIÓN FINAL
12.161.629.00 INV. NUEVA: CONEXIÓN DEPÓSITO REGULACION AGUA POTABLE 40.000,00 20.500,00 60.500,00
12.155.619.00 INV. DE REPOSICIÓN: VIAS PÚBLICAS 35.000,00 5.000,00 40.000,00
TOTALES 75.000,00 25.500,00 100.500,00

Para ello se acude a la utilización como vía de financiación anulaciones o bajas de créditos de otras partidas no comprometidas. Más concretamente, se propone la baja parcial de la inversión con código 2013-2-URBAN-2, incluida en la partida 12.150.780.00 por importe de 25.500,00 €, en los siguientes términos:
BAJAS O ANULACIONES EN APLICACIONES DE GASTOS
PARTIDAS DE GASTOS
PARTIDA DESCRIPCCIÓN CONSIGNACIÓN ACTUAL BAJA CONSIGNACIÓN FINAL
12.150.780.00 APORTACIÓN JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNC-1 Y SUD-5 64.264,00 25.500,00 38.764,00
TOTALES 64.264,00 25.500,00 38.764,00



SEGUNDO.- Publicar este acuerdo en el BOP y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento durante el plazo de quince días a efectos de que los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas para la defensa de sus derechos, entendiendo que si durante el plazo de exposición no existen reclamaciones el acuerdo se elevará a definitivo.

TERCERO.- Una vez que este acuerdo tenga el carácter de definitivo, enviar una copia del expediente a la Comunidad Autónoma y al Ministerio de Economía y Hacienda así como publicar en el BOP y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento las modificaciones aprobadas y su financiación. La modificación aprobada producirá efectos desde la fecha de la aprobación provisional siempre que se haya producido la publicación a que se refiere el apartado anterior y se incorporará a la contabilidad general a través del correspondiente documento MC o de modificación de créditos y del documento de modificación de las previsiones iniciales del presupuesto de ingresos.

Intervenciones: Dª María del Mar Martín Gómez manifiesta que no está de acuerdo por la forma de financiación , dado que se va a utilizar los Remanentes de Tesorería.
El Sr. Ojero Vivas manifiesta su acuerdo con la Sra Martín Gómez porque se está utilizando la monetarización de los aprovechamientos urbanísticos y la Ley dice que son para viviendas de protección oficial.
Votación : Es aprobado el dictamen como acuerdo del Pleno por seis votos a favor, de los Srs. Sanz Manso, de la Cal Bueno, Claro Álvarez , Calleja bolado, Lambás Cid, y Sra. Alamanza Badás; y con cinco abstenciones de los Srs. Bermejo de la Cal, Ojero Vivas, Montes Juste y Sras. Santos Villafañe y Martín Gómez.

12.- APROBACION INICIAL DE LA ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE UTILIZACION DEL BAR DE LA PISCINA MUNICIPAL FUERA DE LA TEMPORADA DE BAÑOS.

De acuerdo con el dictamen de la C.I. de Bienestar Social , cultura Juventud y Festejos del día 24 de Octubre se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo :
“ Dada cuenta del proyecto de Ordenanza sobre utilización de Bar de las Piscinas Municipales fuera de temporada de baños ;
Considerando que es conforme a las competencias municipales habilitar espacios útiles para la actividad de ocio infantil, y celebración de fiestas infantiles, compatibilizando el uso de servicio público general con el uso especial fuera de la temporada de baños
El Ayuntamiento Pleno acuerda :
1º) Aprobar inicialmente la Ordenanza Municipal sobre utilización del Bar de la Piscina Municipal fuera de la temporada de baños.
2º) Exponer al público esta Ordenanza aprobada por plazo de treinta días con anuncios en el B.O.P. de Valladolid, Tablón de Anuncios y Pagina Web del Ayuntamiento.
3º) Si durante el plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones o alegaciones en contra considerar aprobada definitivamente la Ordenanza sin necesidad de nuevo acuerdo plenario. “
No hay intervenciones.
Votación : Es aprobado el dictamen como acuerdo del Pleno por unanimidad de todos los presentes



13.- APROBACION DE SUBVENCIONES PARA FOMENTO DEL EMPLEO DE 2013: Alquiler De Naves y Locales, Fomento del empleo; Creación de empresas y apertura de nuevos centros de trabajo 2013.
De acuerdo con el dictamen favorable de la C.I. de Industria y Empleo el Ayuntamiento Pleno acuerda conceder las siguientes subvenciones:


Por Alquiler de Naves y Locales 2012.:
A Realinnova, ALQ/04/2012 por importe de 600,00 €..

Por Alquiler de Naves y Locales 2013.
A Miguel Ángel Sánchez Diez ALQ/01/2013., por importe de 600 €, según el apartado 7 de las bases.
Alba y Zeus Servicios y Espectáculos, S.L , por importe de 1.000 € según el apartado 7 de las bases.
Otorgada la subvención, el Ayuntamiento entregará el 50% de la una vez sea aprobada y aceptada por el beneficiario. El 50% restante de la subvención se entregará una vez que se haya efectuado la justificación oportuna de acuerdo con el apartado noveno

Por Creación de empresas y apertura de nuevos centros de trabajo 2012:
A Jardines y Viveros Rubio, S.L Crea 06/2012 , por importe de 1.739,08 €.
A Control Seguridad y Domótica, S.L. Crea 08/2012 , por importe de 1.555,97 €.
Forma de pago. El Ayuntamiento otorgará el 50 % de la dentro del plazo de un mes desde la aceptación de la misma por el beneficiario. El 50% restante de la subvención se entregará una vez que se haya justificado la subvención de acuerdo con el apartado 9 de las bases que rigen la presente convocatoria. ….” Transcurrido un año de la notificación de la resolución de la concesión de la ayuda, los beneficiarios deberán presentar en el registro general del Ayuntamiento, en el plazo de un mes junto con el Modelo de Cuenta Justificativa (Anexo VI)……..”

Por Fomento de Empleo
A Luxintec, S.L. FOM/02/2013
por importe de 4.600 € según el apartado 7 de las bases.: 2.300 € por Dª Ana Isabel lleras Sánchez (2.300,00 €) y por Dª Sonia Fernández Touris (2.300 €).

Otorgada la subvención, el Ayuntamiento entregará el 50% de la subvención una vez sea aprobada y confirmada la aceptación de la misma por el beneficiario. El 50% restante de la subvención se entregará una vez que se haya justificado la subvención debidamente de acuerdo con el apartado noveno

No hay intervenciones :
Votación : Es aprobado el dictamen como acuerdo del Pleno por unanimidad de todos los presentes.

14.- INFORMES DE PRESIDENCIA

El Sr. Alcalde informa que se ha programado la Semana Cultural del 8 al 18 de Noviembre, que se hará llegar a todos el programa , y que quedan invitados todos a participar.



15- MOCIONES DE LOS GRUPOS POLITICOS MUNICIPALES, SI LAS HUBIERA.
PRIMERA MOCION :
El Portavoz del Grupo Político Municipal de Izquierda Unida presenta la Moción de Oposición al Proyecto de Ley de Racionalización y sostenibilidad de la Administración local.
Justificación de la urgencia . El Sr. Lambás Cid justifica la urgencia por la gravedad del asunto que va a llevar a un desastre a la Administración Local, tal que incluso la Junta de Castilla y León está en desacuerdo con esto.
Votación de la urgencia .- Es aceptada la urgencia por unanimidad de los presentes.

MOCION
MOCION AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTIN

D. Francisco Antonio Lambás Cid , Portavoz del Grupo Municipal IUCyL en el Ayuntamiento de Aldeamayor de san Martin viene a formular para su aprobación la siguiente MOCIÓN DE OPOSICIÓN AL PROYECTO DE LEY DE RACIONALIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL, en base a la
EXPOSICION DE MOTIVOS
Los Alcaldes y Alcaldesas de todos los grupos políticos, exceptuando al Partido Popular, mostraron el pasado 13 de octubre en Madrid, su posición radicalmente contraria al Proyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, leyendo un manifiesto con el siguiente texto literal:
“El Gobierno presenta esta reforma con el único objetivo de dar cumplimiento a la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria. Y pretende basarse en el argumento de la carga financiera y económica que las corporaciones locales significan para la economía del país. Se trata de una afirmación sin fundamento, puesto que el endeudamiento público de las entidades locales está en torno al 4% del PIB, mientras que su déficit conjunto público total alcanzó en 2012 el 0,3% y será del 0% para el periodo 2013-2015. Estamos ante una apreciación errónea de los fines constitucionales de la Administración Pública, que no son otros que servir eficazmente a los intereses de los ciudadanos y donde las restricciones presupuestarias constituyen una limitación que se respeta totalmente por las corporaciones locales, y no un fin en sí mismo.
Pero además, son las administraciones locales las únicas que están disminuyendo su nivel de endeudamiento, de tal modo que en 2012 más de tres mil ayuntamientos tuvieron superávit en sus liquidaciones presupuestarias.
El ciudadano, que es a quien nos debemos, acude a quien le presta mejor los servicios y si a este fin acude a los municipios, en lugar de a otros entes de mayor ámbito territorial, es porque percibe que de la cercanía en la prestación se proporcionan servicios donde sus necesidades particulares tienen mejor acomodo.
La ampliación del ámbito territorial del Ente prestador provoca, indudablemente, la pérdida de atención a la particularidad; por otro lado, la eliminación de alternativas al ciudadano no provoca mayor bienestar a éste, sino pura prestación monopolística de los servicios y la clara tentación a privatizar su gestión y/o a requerir mayores pagos o copagos por el acceso a los mismos, lo que indudablemente redundará en unos servicios de menor calidad y mayor coste para el ciudadano. Esta va a ser la consecuencia ineludible de la nueva ley: servicios de mucha peor calidad con un coste más elevado que tendrán que costear los ciudadanos.
Recordemos que la Ley de Bases del Régimen Local, al referirse al municipio, señala que éste es “marco por excelencia de la convivencia civil, cuya historia es en muy buena medida la del Occidente a que pertenecemos. Tanto en España como en Europa el progreso y el equilibrio social han estado asociados desde la antigüedad al esplendor de la vida urbana y al consiguiente florecimiento municipal. Y viceversa, los períodos de estancamiento o de retroceso se han caracterizado igualmente por la simultánea decadencia de las comunidades ciudadanas, que en siglos ya lejanos llegó a consumarse con la ruina y extinción de los Municipios”.
El texto del proyecto del gobierno no es sino una apuesta por la decadencia de las referidas comunidades ciudadanas, que no resuelve en absoluto los problemas reales de estas entidades, que no son los de los alcaldes y alcaldesas sino los de los vecinos. Es un texto que en lugar de profundizar en los derechos democráticos de participación ciudadana, atenta decididamente contra ellos.
Los municipios y Entidades Locales Menores, tal como los concebimos en la actualidad, nacen en el medievo, cuando grupos de gentes se reúnen para mejor administrar sus propios intereses comunes en torno a un núcleo urbano. Así se inicia un proceso que, a lo largo de los siglos permite a estas comunidades deshacerse de los vínculos de vasallaje que los unían a una nobleza ausente, lejana e indiferente a los intereses de los ciudadanos del burgo y organizarse para la mejor gestión de sus intereses comunes. Hacernos desistir del ejercicio de nuestras históricas competencias supone hacernos renegar de lo que somos, recuperar modos de gestión territoriales que han decaído para suerte de todos muchos siglos atrás y negar el modelo de convivencia democrática por el que hemos optado, confundiendo el Estado Constitucional Autonómico con un Estado Antimunicipal.
Así, la demonización que en el proyecto de ley del gobierno se hace por un lado de la entidad local menor, reducto de gran tradición democrática y que no sólo debe conservar su cualidad de Entidad Local sino que debe ser regulada en cuanto a su competencia y financiación, y por otra del pequeño municipio, ejemplo paradigmático de democracia participativa, propugnan un modelo que no podemos sino rechazar.
Queremos rechazar también y muy enfáticamente el injusto reproche insinuado de las excesivas remuneraciones de muchos de los representantes municipales que, realizan un gran trabajo en miles de casos dedicando larguísimas jornadas sin prácticamente ninguna retribución. Miles de alcaldes y concejales realizan su tarea sin retribución alguna.
El texto presentado, y que se pretende entre en vigor el 1 de enero de 2014, erosiona la autonomía local no respetando las competencias municipales, no tiene en cuenta los principios de proximidad y de equidad en la prestación de los servicios públicos, no respeta las competencias de las Comunidades Autónomas ni las distintas peculiaridades y realidades históricas reconocidas en los respectivos Estatutos de Autonomía y pone en peligro la prestación de los servicios sociales básicos que tanto necesitan los ciudadanos en estos momentos de dura crisis económica.
Pero además, supone obviar los compromisos internacionales adquiridos por España con la firma de la Carta Europea de Autonomía Local en 1985, que establece que el contenido del compromiso adquirido con la adhesión se manifiesta en que las Entidades locales tengan “libertad plena para ejercer su iniciativa en toda materia que no esté excluida de su competencia o atribuida a otra autoridad” pero sobre todo que “el ejercicio de las competencias públicas debe, de modo general, incumbir preferentemente a las autoridades más cercanas a los ciudadanos” y que por tanto “la atribución de una competencia a otra autoridad debe tener en cuenta la amplitud o la naturaleza de la tarea o las necesidades de eficacia o economía”. Este desprecio en poco coadyuva a mantener una credibilidad exterior imprescindible en momentos de crisis como la actual, máxime cuando claramente el modelo propuesto no es ni más eficaz ni más económico.


Al contrario, el modelo propuesto por el gobierno significará una gran ineficiencia en la prestación de servicios básicos (recogida y tratamiento residuos sólidos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario agua potable, acceso a los núcleos de población y pavimentación de las vías) pero también en las prestaciones sociales fundamentales para millones de ciudadanos. Servicios de atención domiciliaria, teleasistencia, menores, discapacidad, inclusión de inmigrantes, infancia, dependencia, mayores... dejarán de ser prestados desde el conocimiento que proporciona la cercanía, perderán su calidad y eventualmente podrían dejar de dar cobertura a muchos ciudadanos. Ineficiencia y mayor coste para los ciudadanos es el paradigma orientativo del proyecto de ley del gobierno.
Así, en el caso de los municipios con población inferior a 20.000 habitantes, la nueva redacción propuesta por el gobierno del artículo 26.2 de la Ley de Bases, vaciando de contenido competencial a éstos y disponiendo la prestación por las Diputaciones de servicios básicos, constituye el mayor atentado a la autonomía municipal y a la eficiencia en la prestación de servicios imaginable. Sólo provocará servicios peores y más costosos.
Ante la propuesta gubernamental no somos solo los Alcaldes/as los que vemos con preocupación esta reforma, sino que ha habido una reacción social unánime frente a la misma. Es necesario atender las razones que una inmensa mayoría de alcaldes y concejales, asociaciones y federaciones de entidades locales, empleados públicos, organizaciones sociales, sindicales o empresariales han pronunciado con toda claridad y contundencia.
Hoy queremos recoger todas estas voces, poniendo de manifiesto que no se trata tanto de una cuestión de mayorías parlamentarias para la aprobación de la Ley, sino de la necesaria búsqueda del consenso para alcanzar mayorías sociales.
Debe ser a través del diálogo constructivo con las Entidades Locales como se debe abordar el desarrollo del capítulo I del Título VIII de la Constitución y este desarrollo debe definir en primer lugar el modelo institucional de participación efectiva de las Entidades Locales en la elaboración de las Leyes que les afectan y ampliar el régimen de impugnación por éstas de éstas ante el Tribunal Constitucional.
Por la hondura y la trascendencia de esta reforma, por la propia naturaleza de la materia que se pretende modificar y por la necesaria estabilidad y permanencia a que una ley que regule la vida local debe aspirar, solicitamos al Gobierno que, fin de evitar la intervención del Tribunal Constitucional, retire su proyecto de ley y elabore uno nuevo en base a estos principios consensuado con los Alcaldes/as en el que se materialicen las necesidades reales de los municipios y de las entidades locales menores.
Denunciamos pues o estamos en contra de la vulneración del principio de autonomía local, en su configuración constitucional y en el marco de la Carta Europea de Autonomía Local.
El Proyecto reduce el respeto a la autonomía local a una mera declaración sin contenido, frente a un alud de instrumentos de tutela económica y de gestión.



La invasión del marco competencial de los diferentes Estatutos de Autonomía que otorgan competencias plenas en materia de organización de la Administración Local a diferentes CCAA.

La reforma local que se define en el Proyecto, sin perjuicio del conjunto de objeciones de fondo que se formulan en estas alegaciones, tendría que establecer su carácter supletorio respecto a las CCAA con competencias plenas en la materia.
La inadecuación del contenido del Proyecto a las finalidades en que se fundamenta.

El Proyecto penaliza las administraciones que han realizado un esfuerzo más eficaz en favor de la contención del déficit público.
Ni mejora la financiación local, ni consigue la racionalización y sostenibilidad de las finanzas locales
Finalmente manifestar la insolvencia del Proyecto de Ley desde la perspectiva de la financiación de las corporaciones locales. El Proyecto de Ley incorpora modificaciones substanciales en las competencias locales y no lo acompaña con la consiguiente reforma de la Ley de Haciendas Locales con el fin de adecuar su financiación a las responsabilidades que les encomienda”.

Por todo lo anterior el pleno del Ayuntamiento asume los siguientes:
ACUERDOS
1.- El Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martin muestra su rechazo a la reforma de la administración local y solicita al Gobierno de la nación que, a fin de evitar la intervención del Tribunal Constitucional, retire su Proyecto de Ley y elabore uno nuevo en base a los principios de consenso y de
los compromisos políticos básicos, debiendo contar con la participación de las administraciones locales, tanto directamente como a través de las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias.

2.- Dar traslado de los acuerdos a los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados y al Presidente del Gobierno.
Portavoz de Grupo Municipal IUCyL; Portavoz del Grupo Municipal PSOE;
Fdo.: Fco. Antonio Lambás Cid ; Fdo. Fernando de la Cal Bueno.

Portavoz del Grupo Independientes por Aldeamayor
Fdo: Francisco Claro Álvarez.
En Aldeamayor de san Martín a 28 de Octubre del 2013

Intervenciones :
-El Sr. Lambás Cid justifica la Moción diciendo que “ el texto presentado y que se pretende que entre en vigor el 1 de Enero de 2014 erosiona la autonomía local no respetando las competencias municipales, no tiene en cuenta los principios de proximidad y de equidad en la prestación de los servicios públicos. el gobierno del PP no respeta las competencias de las Comunidades Autónomas, ni las distintas peculiaridades y realidades históricas reconocidas en los respectivos Estatutos de autonomía, la Junta de Castilla y Leon gobernada por el P,P. que no está conforme y pone en peligro la presentación de los servicios sociales básicos que tanto necesitan los ciudadanos en estos momentos de dura crisis económica
Sigue diciendo el Sr. Lambás Cid que el texto del Gobierno no es sino una apuesta por la decadencia de las referidas comunidades ciudadanas. Es un texto que en lugar de profundizar en los derechos democráticos de participación ciudadana , atenta decididamente contra ellos.
Al contrario el modelo porpuesto por el gobierno del PP significará una gran ineficacia en la prestación de servicios básicos, pero también en las prestaciones sociales fundamentales para millones de ciudadanos. Servicios de atención domiciliaria, teleasistencia, menores, discapacidad, inclusión de inmigrantes, infancia, dependencia, mayores… dejarán de ser prestados desde el conocimiento que proporciona la cercanía , perderán calidad y eventualmente podrían dejar de dar cobertura a muchos ciudadanos. Ineficiencia y mayor coste para los ciudadanos es el paradigma orientativo del proyecto de ley de Gobierno del PP.
Debe ser a través del diálogo constructivo con las Entidades Locales como se debe abordar el desarrollo del Capítulo I del Titulo VIII de la Constitución, y este desarrollo debe definir en primer lugar el modelo institucional de participación efectiva de las Entidades Locales.
Por todo lo anterior , los Portavoces de los Partidos IU, PSOE, Independientes por Aldeamayor de este Ayuntamiento muestran su rechazo y SOLICITAMOS que retiren su proyecto de Ley , que el Gobierno del PP aprobó ayer día 30 de Octubre de 2013 con el PNV, y que se elabore uno nuevo en base a los principios de consenso y de los compromisos políticos, debiendo contar con la participación de las administraciones locales, tanto directamente como a través de las Comunidades Autónomas.”

- El Sr. Ojero Vivas pregunta al Sr. Lambás Cid si piensa realmente lo que dice; y si por eso se va de la Mancomunidad, y sube el agua. Y le dice que con su postura en esos asuntos se acerca más a la postura que él dice del PP que a lo que acaba de decir.
Replica el sr. Lambás Cid que no es irse por capricho, sino porque se solicitó una rebaja que supone un ahorro de 30.000 €, y estima que eso sí está de acuerdo con la Moción.
Replica del Sr. Ojero Vivas manifestando que ellos nunca propusieron irse de la Mancomunidad, y que la idea de ahorro se la dio él, pero nunca le habló de irse de la Mancomunidad. El error es anunciarlo a bombo y platillo . La moción no está de acuerdo con la subida y con irse la Mancomunidad.
Duplica del Sr. Lambás en la que dice que es tener poco respeto filtrar una negociación; y que por supuesto no van a proponer hacer ERES. Y que de lo que es partidario es de hablar de esos 30.000 € de ahorro.
Dúplica del Sr. Ojero Vivas que dice que la falta de respeto es que no se informe al Pleno de esto , y advierte que el escrito que se envió a los Alcaldes es de los Alcaldes que lo han recibido y pueden hacer con él lo que quieran.
Dúplica del Sr. Lambás Cid para decir que el Alcalde no ha propuesto hacer ERES.
Votación : Es aprobada la Mocion por seis votos a favor de los miembros de los Grupos Psoe, Independientes por Aldeamayor , e Izquierda Unida ; y con la abstención de cinco miembros, los de los Grupos de Partido Popular y de Unidad Regionalista de Castilla y León.

SEGUNDA MOCION :
MOCION CONJUNTA : D. Jacob Bermejo de la Cal actuando en nombre de los Grupos Políticos de PP y URCL presenta Moción conjunta sobre la atención sanitaria a los vecinos que esperan en el Consultorio.
Votación de la urgencia .- Es apreciada por unanimidad de todos los presentes.

MOCION
D. Jacob Bermejo De la Cal, concejal del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín y portavoz del Partido Popular, en representación del mismo y Dª Mª del Pilar Santos Villafañe en representación de URCL al amparo de la ley presentan Moción al Pleno del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín,
EXPONE:
Dado que en los últimos meses y debido probablemente a los recortes en materia sanitaria de las administraciones competentes y unido a la peculiar fisonomía urbana de Aldeamayor en la que existe varios núcleos de población diseminados. La técnico del servicio de curas y enfermería del consultorio municipal hace las visitas a domicilio a pie, pues no se le abonan los gastos por kilometraje que debe de hacer son su vehículo propio; lo que conlleva un tiempo bastante amplio de demora en las listas de usuarios que deberían de ser atendidos y tienen que coger cita para otro día.
En vista de las quejas que se están dando por parte de los usuarios, que son los realmente perjudicados.
Propuesta de acuerdo:
Proponemos al pleno esta moción, que en caso de ser aprobada, se traslade la misma a los órganos competentes para que busquen una solución, solución que pasa por la incorporación de una persona de apoyo, solicitada anteriormente y a fecha de hoy, esta no se ha producido (Y que se paguen los desplazamientos) . Esto repercutiría en un mejor servicio para los usuarios de este municipio.
Así mismo que se dé cuenta dicha moción al Coordinador de Zona del Centro de Salud de Portillo, al Gerente del SACYL Zona Sur de Valladolid y a la Consejería de Sanidad.
En Aldeamayor de San Martín a 31 de Octubre de 2013
Fdo. Jacob Bermejo De la Cal , Portavoz Partido Popular , y la Portavoz URCL Mª del Pilar Santos Villafañe “

Intervenciones : D. Fernando de la Cal, portavoz del Grupo Municipal PSOE se manifiesta a favor de la Mocion, pero solicita que se incluya que se le paguen los desplazamientos.
El Sr. Claro Alvarez, portavoz del Grupo Independientes por Aldeamayor, se manifiesta de acuerdo con la Moción , y también solicita que se añada que se paguen los desplazamientos .
En igual sentido se manifiesta el Sr. Lambás Cid, portavoz del Grupo de IU, y Dª Pilar Santos acepta el añadido solicitado.
Interviene el Sr. Alcalde para informar que habló con el Coordinador, y este lo paso al Gerente de la zona Sur. La enfermera fue citada por su jefa, y se le hizo saber que los desplazamientos se le pagarán, pero que debe atender primero las consultas en el Consultorio, y sigue en pie la petición de otra enfermera compartida. También manifiesta su apoyo a la Moción.
Votación : Una vez introducida la siguiente frase : esta no se ha producido. Y que se paguen los desplazamientos. Es aprobada por unanimidad de los presentes .


TERCERA MOCION :

MOCIÓN EN DEFENSA DEL ESTADO DE DERECHO
Justificación de la Urgencia : El Sr. Bermejo de la Cal , portavoz del Grupo Politico Municipal del PP justifica la urgencia en la necesidad de respeto a las instituciones de la Justicia .
Votación : Es aceptada la urgencia por unanimidad de todos los presentes.
MOCION :
D. Jacob Bermejo de la Cal, Portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular en el Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín. En nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la normativa aplicable, por razones de urgencia, eleva al Pleno de la Corporación, para su debate la siguiente MOCIÓN:
ANTECEDENTES
Fue hace unos días cuando varias decenas de sindicalistas recibieron con gritos de "libertad" a Salvador Mera, secretario de UGT en Cádiz y el primero de los siete detenidos por los ERE falsos que pasó a disposición judicial.
Unas horas antes, y coincidiendo con que la juez Mercedes Alaya salía de los juzgados para comer, el mismo grupo la increpó con insultos como "qué fea eres". Durante la concentración, que duró hasta la noche, los sindicalistas también corearon consignas como "Alaya, pepera, métete en la lechera" o “inquisidora”.
La concentración de sindicalistas a las puertas del juzgado de Alaya se ha mantenido en los días siguientes por lo que se ha decidido levantar una escolta especial sobre la juez.
Desde este grupo municipal entendemos que estas actitudes protagonizadas por los representantes de las organizaciones sindicales constituyen un atentado contra la dignidad de las mujeres, la justicia, el Estado de Derecho y sobre todo contra la norma básica de convivencia del pueblos español como es la Constitución.
Como cargos públicos y representantes del pueblo tenemos la obligación de censurarlo y de ahí que traigamos esta moción al pleno y solicitemos:

ACUERDOS
1) Que el Ayuntamiento Pleno repruebe la actitud de los representantes de los sindicatos andaluces como apoyo a la juez y en defensa del Estado de Derecho.
2) Comunicar la aprobación de esta Moción a la Secretaría General de CCOO y de UGT y al Presidente del Consejo General del Poder Judicial.
Intervenciones :
D. Fernando de la Cal Bueno, portavoz del Grupo Político Municipal del PSOE , manifiesta que está de acuerdo con la Moción, y como sindicalista también está de acuerdo con esta Moción; y esto lo ha dicho también en su sindicato, el que la haga que la pague. Le parece mal , dice el Sr. De la Cal Bueno, que se haga generalización, pero con el fondo de la Moción esta de acuerdo.
El Sr. Lambás Cid , portavoz del Grupo Político de IU dice que le parece bien, pero debe ser igual para el PP en sus asuntos.
El Sr. Claro Álvarez, portavoz del Grupo Independientes por Aldeamayor, manifiesta que apoya la moción, dejando a salvo la advertencia de alguna generalización ; pero está de acuerdo en que el que la haga que la pague.
La Sra Santos Villafañe, portavoz del Grupo POlitico Municipal de URCL también se manifiesta de acuerdo, y advierte que cualquier persona que insulte dice muy poco de esa persona que lo hace.
El Sr. Bermejo de la Cal da las gracias a todos por el apoyo dado a esta Mocion.

Votación :
Es aprobada la Mocion por unanimidad de todos los presentes.

16. RUEGOS Y PREGUNTAS
- Dª Pilar Santos pregunta que cómo van las obras del Colegio. Responde el Sr. Alcalde que van acelerando el ritmo de las obras, y según el Arquitecto tienen un nivel de ejecución aceptable.
Ruego de la Sra Santos Villafañe diciendo que el grupo del alcalde parece Superman ó Batman pues le llama la atención que tan sólo se refiera a su grupo cuando el gobierno municipal son tres grupos. Y dice que oculta que las obras del colegio recibieron el apoyo de todos los grupos del Ayuntamiento.
Responde el sr. Alcalde que supone que se refiere a la publicación de la revista del Psoe de Aldeamayor, y le dice a la Sra. Santos Villafañe que cada uno responde de lo que firma.
Replica la Sra Santos Villafañe que en la contraportada se dice te has salido compañero, y dice que sí que se ha salido en los presupuestos de fiestas.
Ruego de la Sra Santos Villfañe para hacer constar su felicitación al Sr. Alcalde por conseguir el autobús del Soto, aunque la lucha viene de atrás. El Sr. Alcalde responde agradeciendo el apoyo.

_ Dª Maria del Mar Martín Gómez pregunta sobre el escrito del sr. Claro sobre el logotipo de su Grupo. ¿A qué se debe el cambio de un logotipo que no se corresponde con el nombre del Grupo? El Sr .Alcalde invita a tomar la palabra al Sr. Claro Alvarez. El Sr. Claro Álvarez dice que el logotipo obedece al partido político fundado por los miembros del Grupo Político Municipal . No se puso antes porque no se había comunicado a la Alcaldía.
Replica la Sra Martín Gómez que hay otro escrito del Sr. Calleja Bolado en el que dice que la decisión es unilateral.
Solicita, por alusiones , la palabra el Sr. Calleja Bolado. Se la concede el Sr. Alcalde; y el Sr. Calleja Bolado responde que sí , pero lo único que le falta es leer el resto de puntos del escrito. Y procede a dar lectura de los otros puntos del escrito presentado y que en resumen dicen que el portavoz de su grupo no le está notificando las diversas comunicaciones e informaciones que el Ayuntamiento efectúa exclusivamente al grupo, ni está repartiendo ni informando de las invitaciones que el grupo recibe del Ayuntamiento asociaciones, etc. . Que ha pedido que no se admita el logo propuesto ya que no se corresponde con las siglas del Grupo Municipal, y ha solicitado que se le notifiquen personalmente todas las reuniones y comunicaciones del Ayuntamiento ; e igualmente ha solicitado que se comunique a todas las asociaciones que el portavoz de su grupo no le está notificando ninguna invitación.
Y sigue diciendo el Sr. Calleja Bolado que lleva sufriendo desde el mes de marzo de este año estos abusos de poder por parte del portavoz de mi grupo municipal Independientes por Aldeamayor, si el logo no se ha puesto antes en los despachos de grupos municipales es porque envié un correo electrónico al alcalde, al portavoz de izquierda unida y al señor secretario ya que ese logo no se corresponde con las siglas del grupo con las que nos registramos en junio del 2011 en este Ayuntamiento. Y sigue diciendo que no entiende como advertido esto el martes no estaba puesto el logo , y hoy sí lo está .
Interviene el Sr. Alcalde para decir que ha requerido un informe sobre este asunto y su escrito al Sr. Secretario, el cual ratifica esta petición que le ha sido hecha al mediodía de hoy, y que aún no lo tiene resuelto porque el asunto merece un detenido estudio.
Sigue el Sr. Calleja Bolado diciendo que esperará al informe que ha de elaborar el señor secretario y una vez realizado se lo pasará a su servicio jurídico para tomar las medidas que se crean oportunas en caso de no estar de acuerdo con dicho informe .
Y dice que a nivel personal “ me parece totalmente ilegal que sin estar de acuerdo uno de los componentes del grupo municipal que formamos los dos concejales, se ponga un logo que no representa las siglas de dicho grupo y que este logo este representado en todos los actos institucionales del ayuntamiento o ante cualquier asociación del municipio “.

- Pregunta del Sr. Ojero Vivas de cómo va el asunto del Rescate . Responde el Sr. Alcalde que la última reunión con los Abogados de Deincasa y Metrovacesa fue en Confederación para abrir camino a una asociación de regantes; pero parece que todo quedó en el olvido. Dice el Sr. Alcalde que en el mes de Abril quedó con D. Victor Hortigüela , y que le dijo que todo tenía que pasar por el Consejo de Administración. En estos momentos , sigue diciendo el Sr. Alcalde, está pendiente de un informe de una persona que no pertenece a la Adminisrtración Municipal por ver si da más luz. Y que la idea es remitirlo al Consejo Consultivo.
El Sr. Ojero Vivas dice que entiende que se ha encargado un estudio de costes a un tercero externo.

Pregunta del Sr. Ojero Vivas sobre la Residencia de la 3º Edad. Responde el Sr. Alcalde que a indicación de la Diputación se ha solicitado informe a la Consejería de Fomento para poder libremente disponer del suelo dotacional.

Pregunta del Sr. Ojero Vivas que dice que no pregunta ya por las rejillas que después de más de un año y medio ya tienen partida, ahora lo que pregunta es por las baldosas rotas de la Calle Larga.
Responde el Sr. Lambás Cid que con las baldosas el suministrador primero pidió 40 % ahora pide el 60 %, y hay que cortarlas, etc.
Replica el Sr. Ojero Vivas que es granito normal y corriente, que cualquier marmolería le corta a medida las baldosas.

Ruego del sr. Bermejo de la Cal en el que solicita que se le conteste al escrito sobre la orden de trabajo de la modificación de las vallas de los encierros. Responde el Sr. Alcalde que, sin quitarse su propia responsabilidad, se lo encomendó al Sr. Lambás. El Sr. Bermejo de la Cal dice que quiere saber quién dio la orden , si es que la hay. El Sr. Lambás Cid pide disculpas por no haber contestado, pero indica que la medida fue informada por el Sr. Arquitecto.

No habiendo más asuntos que tratar, y siendo las veintidós horas y dos minutos por el Sr. Alcalde-Presidente se dio por finalizada la Sesión de la que se levanta la presente Acta, de la que yo el Secretario doy fe y certifico.

Vº Bº. El Alcalde



Fdo: Bernardo Sanz Manso.



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