Aldeamayor Golf
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.

Pleno extraordinario de 6 de noviembre de 2009 (tasas 2010)

Ir abajo

Pleno extraordinario de 6 de noviembre de 2009 (tasas 2010) Empty Pleno extraordinario de 6 de noviembre de 2009 (tasas 2010)

Mensaje  tocalaotravezsan Jue Dic 22, 2011 7:52 pm

ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 6 DE NOVIEMBRE DE 2009 A LAS 19,00 HORAS.-

En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Aldeamayor de san Martín, siendo las diecinueve horas del día seis de Noviembre de dos mil nueve , bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. Juan Jose Villalba Pinilla, se reunió en Sesión Extraordinaria el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de los Srs. Concejales, D. Abilio Ojero Vivas, D. Jacob Bermejo de la Cal , D. Francisco Javier Monte Juste, D. Bernardo Sanz Manso, D. Juan Jose San Miguel Cristóbal, D. Fernando de la Cal Bueno, Dª Concepción López Gómez , D. Jose Luis Sanz Ferrero, D. Jesús V. González Pérez , y Dª Pilar Santos Villafañe. Asisten a la sesión el Sr Interventor del Ayuntamiento D. Francisco Javier González Martín , y el Sr. Secretario del Ayuntamiento D. Teodoro Sanz Rivas que da fe del acto.

Abierta la sesión por el Presidente, se procede a desarrollar el Orden del Día de la siguiente forma :


1.- APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR .-
Dada cuenta del Acta de la sesión anterior, correspondiente al día 25 de Septiembre de 2009, el Sr. González Pérez solicita aclaración del carácter del acuerdo de solicitud de dictamen al Consejo Consultivo, siendo informado de que era lo que decía el acuerdo :una propuesta de acuerdo que se somete a dictamen ; y que el acuerdo definitivo lo deberá adoptar de nuevo el Pleno a la vista del dictamen .-

Sometida a votación , no presentándose objeciones a su redacción , se aprueba el acta de la sesión anterior por ocho votos a favor de los Srs Villalba Pinilla, Ojero Vivas, Bermejo de la Cal ; Montes Juste, Sanz Manso , de la Cal Bueno, San Miguel Cristóbal y srta López Gómez; y con la abstención de los Srs. Sanz Ferrero, González Pérez y sra. Santos Villafañe.

2.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE .-

Se somete a la aprobación del Pleno el siguiente dictamen de Comisión de Administración General Hacienda y Presupuestos :
“Aprobar provisionalmente la Modificación técnica de la Ordenanza Fiscal de la Tasa por prestación del servicio municipal de suministro de agua potable., y las siguientes tarifas




USO DOMÉSTICO Tramos Tarifa (€/m3)
Viviendas, oficinas, comercios,
tiendas, quioscos, almacenes,
supermercados,… Mínimo de 25m3/trimestre 4,8246
Exceso de 25m3 hasta 50m3 0,3468
Exceso de 50m3 hasta 80m3 0,7344
Exceso de 80m3 en adelante 1,4688
Hoteles, residencias,
Restaurantes y bares Mínimo de 60m3/trimestre 35,7000
Exceso de 60m3 hasta 120m3 0,7650
Exceso de 120m3 hasta 200m3 1,0200
Exceso de 200m3 en adelante 1,5300
Piscinas Tasa fija por m3 0,7262
USO INDUSTRIAL Tramos Tarifa (€/m3)
Empresas ubicadas en el Polígono
“El Brizo” ó sobre suelo rústico Mínimo de 60m3/trimestre 35,7000
Exceso de 60m3 hasta 120m3 0,7650
Exceso de 120m3 hasta 200m3 1,0200
Exceso de 200m3 en adelante 1,5300
USO DE OBRA Sin tramos Tarifa (€/m3)
Agua para obras en ejecución
con licencia y contador Tasa fija por m3 0,7262
SUMINISTRO EN ALTA Sin tramos Tarifa (€/m3)
Convenios para gestión de redes no
recepcionadas que se abastecen de agua procedente de la red municipal: Urbanizaciones, ... Tasa fija por m3 0,7262

“Aquellos abonados que, sin la autorización por escrito del Ayuntamiento o supervisión del fontanero municipal (que acredite que el contador está dañado por heladas o motivo similar), sustituyan su contador volumétrico de agua potable o agua de riego, habrán de abonar 25€ en concepto de sustitución de contador sin autorización más la estimación de volumen de agua gastada, a razón de 500 litros/día (45m3/trimestre) para el primer, segundo y cuarto trimestres; y 1.318 litros/día (120m3/trimestre) para el tercero”.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los acuerdos adoptados y la aprobación de las ordenanza fiscales se expondrán al público por un periodo de treinta días mediante edicto insertado en boletín oficial de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. De no presentarse reclamación alguna contra los acuerdos adoptados, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales.”

Intervenciones :

El Sr. Alcalde anuncia que además del Dictamen de Comisión existe una propuesta del Grupo Popular , consistente en la congelación de tarifas del agua, y modificación de unos tramos para ampliarlos y adecuarlos a las medias de consumo de los nuevos empadronados. Aclara que se someterá a votación primero el dictamen de Comisión , y si fuere aprobado por mayoría eso implica el rechazo de la propuesta del Grupo Popular.

Concedida la palabra, el Sr. Sanz Manso, Portavoz del Grupo Socialista, se sorprende del cambio de criterio del Grupo Popular y del Sr. Alcalde pues no se atrevió a defender su posición y a perderla. Dice el Sr. Sanz Manso que el Grupo Socialista no cambia de actitud de un día para otro, lo que dijo en la Comisión lo mantiene en el Pleno . Explica el Sr.Sanz Manso, con los informes técnicos, que actualmente se constata un déficit de 10.000 €; y que si se aplica la tarifa de Deincasa se llegará a un déficit de unos 80.000 €. Sostiene que el servicio debe tender a la autofinanciación, y por eso es preciso ir adaptando las tarifas.El año pasado, dice , se utilizó el IPC de Agosto, y por tanto se ha estado pagando un incremento superior al IPC real interanual.
Recuerda el Sr. Sanz Manso que los vecinos del Golf esperaban que al hacerse cargo el Ayuntamiento de los servicios iban a resultar beneficiados, y no ha sido así. La solución está en utilizar agua bruta para el riego. El Grupo Socialista no habría recepcionado las obras sin red de riego, lo diga o no lo diga el proyecto de Urbanización , dice el Sr.Sanz Manso. E insiste en que la propuesta del Sr. Alcalde no va a evitar que se deje de pagar más pues se seguirá regando con agua potable.
El Sr. Sanz Manso concluye su intervención pidiendo al Sr. Alcalde que retire su propuesta, y si está en minoría le invita a dejar que otros gobiernen ; y anuncia que si llega al gobierno del Municipio su prioridad será la red de riego.-

El Sr. González Pérez , Portavoz del Grupo de URCL , dice que siempre ha defendido en esta situación de crisis la congelación de los impuestos y la subida como máximo el IPC de las tasas de los servicios . Ahora, dice, la tasa del servicio de abastecimiento de agua es deficitaria, y por eso se plantea una subida del 2%. Recuerda al Sr. Alcalde que en el ejercicio pasado planteó una subida de impuestos, y por eso su grupo solicitó y propuso la congelación del IBI y del Impuesto sobre Vehículos; y así se aprobó por unanimidad. Para el 2010, su propuesta es que el IBI no se toca , el Impuesto sobre Vehículos no se toca. Se aplica la tasa a la prestación de un servicio y se aplica a todos , con sus tramos como están , y grabando el exceso de consumo . Relata el Sr. González Pérez que en el año 2008 había una tasa diferente para el Campo de Golf; que el Sr. Alcalde propuso una unificación de tarifas , que a URCL le pareció elevada, y en Comisión se corrigió, y el Alcalde se sumó a esa corrección y el asunto se aprobó por unanimidad. Ahora en 2009, dice el Sr. González Pérez, el Sr. Alcalde , pese a no tener presentado el Presupuesto, presenta una congelación de la tasa en sus primeros tramos, y una reducción en los siguientes . Indica que él advirtió en Comisión que eso era mayor déficit , y que preguntó quién lo iba a pagar, a lo que el Sr. alcalde respondió que todos los vecinos. Dice el Sr. González Pérez que ha hablado con el Arquitecto Municipal , y le dice que la ampliación de esos tramos sólo puede ser entendible para parcelas con jardines. Le dice al Sr. Alcalde que no tendría mucha fe en su propuesta cuando no la quiso defender en Comisión. E indica que también pidió que la red de riego se extendiera a la Lanchuela; y por último solicita que se fraccione el pago de la tasa y que el técnico de Medio Ambiente asesore a los vecinos en el asunto del ahorro de agua. Y por último advierte que como toda situación es susceptible de empeorar , habrá que estar atento porque el Estudio de Explotación de la concesión habla de tarifas de 0,72 €/m3.

El Sr. Bermejo de la Cal, Portavoz del Grupo Popular, indica que es legítimo que se presenta una modificación al Dictamen de Comisión. Su grupo lo ha repensado, y estudiado , y ha hecho cálculos , y utilizando los mismos argumentos que el resto : si el año pasado se subió por encima del I.P.C. la propuesta de congelación viene a compensar el exceso de subida del año anterior.
En cuanto a la eliminación del tramo de 80 m3 que pasa a 150 m3 , responde a la necesidad de recoger una nueva fisionomía en el consumo de las familias , al igual que en la tasa de alcantarillado .

Su grupo está de acuerdo en que se proceda a un estudio sobre la red de riego, y se hará una propuesta , y se financiarán según decida el Pleno.
Sostiene el Sr. Bermejo de la Cal que la propuesta que sostienen URCL y PSOE graba a las familias medias de Aldeamayor , y por esa razón defiende la propuesta de modificación para congelación de la tasa.-

Votación :

Sometido el dictamen de Comisión a votación es aprobado por mayoría absoluta de siete votos a favor de los Srs, Sanz Manso , de la Cal Bueno, San Miguel Cristóbal, srta, López Gómez, Sanz Ferrero, González Pérez y Sra. Santos Villafañe; y con cuatro votos en contra de los Srs. Villalba Pinilla, Bermejo de la Cal, Ojero Vivas y Montes Juste.
Y en consecuencia queda rechazada la propuesta de modificación del dictamen del Grupo Popular

3.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ALCANTARILLADO Y POR EL TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES.-


Se somete a la aprobación del Pleno el siguiente dictamen de Comisión de Administración General Hacienda y Presupuestos :
“Aprobar provisionalmente la Modificación de la Ordenanza Fiscal de la tasa de prestación del servicio de Alcantarillado y por el tratamiento de depuración de aguas residuales, y fijar las siguientes tarifas :
1º) Tarifa general de alcantarillado :
a) 30 % del importe de la cuota del consumo de agua según contador, y en su caso de los mínimos establecidos en la Ordenanza de Abastecimiento de Agua a domicilio en base a las tarifas vigentes .-
b) en el supuesto de no contar la finca con el servicio de agua , se cobrará por m2 y año de la extensión total de la finca la cantidad de 0,10 €/m2
2º) Tarifa por prestación del servicio de tratamiento y depuración de aguas residuales :


USO DOMÉSTICO Tramos Tarifa (€/m3)
Viviendas, oficinas, comercios,
tiendas, quioscos, almacenes,
supermercados,… Mínimo de 25m3/trimestre 2,0400
Exceso de 25m3 hasta 50m3 0,1530
Exceso de 50m3 hasta 80m3 0,3162
Exceso de 80m3 en adelante 0,6222
Hoteles, residencias,
Restaurantes y bares Mínimo de 60m3/trimestre 15,0348
Exceso de 60m3 hasta 120m3 0,3264
Exceso de 120m3 hasta 200m3 0,4386
Exceso de 200m3 en adelante 0,6528
Piscinas Tasa fija por m3 0,4998
USO INDUSTRIAL Tramos Tarifa (€/m3)
Empresas ubicadas en el Polígono
“El Brizo” ó sobre suelo rústico Mínimo de 60m3/trimestre 15,0348
Exceso de 60m3 hasta 120m3 0,3264
Exceso de 120m3 hasta 200m3 0,4386
Exceso de 200m3 en adelante 0,6528

Sobre las tarifas se aplicará en su caso el IVA correspondiente .-
De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los acuerdos adoptados y la aprobación de las ordenanza fiscales se expondrán al público por un periodo de treinta días mediante edicto insertado en boletín oficial de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. De no presentarse reclamación alguna contra los acuerdos adoptados, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales”
Sometido a votación es aprobado por unanimidad de los presentes.-

Intervenciones .:

El Sr. Alcalde anuncia que existe una propuesta alternativa presentada por su grupo reduciendo la tasa al 20 % del consumo de agua.; y al igual que en el punto anterior si se aprobara el dictamen de Comisión se entenderá rechazada su propuesta.-

Concedida la palabra, el Sr. Sanz Manso, Portavoz del Grupo Socialista , vuelve a mostrar su sorpresa por el cambio de criterio del Grupo Popular. No ve motivos para este cambio, dado que se ha bajado del 50 % al 30 % , y sólo sobre eso se ha incrementado un 2%.

El Sr. Gonzalez Pérez, Portavoz de URCL, dice que su grupo tiene una postura clara . El precio debe ser igual para todos .
Informa que esa misma mañana ha tenido conocimiento de que la red separativa de pluviales no existe. Con lo aque todo el agua de lluvia colapsa la red; y que el Ayuntamiento ha tenido que hacer pozos de aliviadero, pagados por el Ayuntamiento.

Propone que se aplique con carácter retroactivo al ejercicio de 2009 la rebaja del año 2010 para esos vecinos. El Secretario informa que al implicar la revisión de un acuerdo de tasas de 2009, y no estar previsto en el Orden del Día , y siendo sesión extraordinaria , no es legal introducir ese asunto ahora, en este Pleno.-

Votación :
Sometido a votación el dictamen de Comisión es aprobado por mayoría absoluta de siete votos a favor de los Srs, Sanz Manso , de la Cal Bueno, San Miguel Cristóbal, srta, López Gómez, Sanz Ferrero, González Pérez y Sra. Santos Villafañe; y con cuatro votos en contra de los Srs. Villalba Pinilla, Bermejo de la Cal, Ojero Vivas y Montes Juste.
Y en consecuencia queda rechazada la propuesta de modificación del dictamen del Grupo Popular


4.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE ABASTECIMIENTO DE AGUA DE RIEGO
Se somete a la aprobación del Pleno el siguiente dictamen de Comisión de Administración General Hacienda y Presupuestos :


“ Aprobar provisionalmente la Modificación de la Ordenanza Fiscal de la tasa de prestación del servicio de Abastecimiento de Agua de Riego :
TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA DE RIEGO

USO DE RIEGO DE PARCELAS PRIVADAS NO DEPORTIVAS Tramos Tarifa (€/m3)
Abastecimiento de agua no potable a parcelas privadas de superficie inferior a 2.000m2. Tarifa de servicio 3,50
Precio fijo por m3, hasta 150m3 0,2524
Precio fijo por m3, desde 150m3 0,5048
Abastecimiento de agua no potable
a parcelas privadas de superficie superior a 2.000m2. Tasa fija por m3 0,4842
USO DE RIEGO DE PARCELAS DEPORTIVAS Sin Tramos Tarifa (€/m3)
Abastecimiento de agua no potable a parcelas deportivas de superficie superior a 2.000m2. Tasa fija por m3 0,2934
USO DE OBRA Sin tramos Tarifa (€/m3)
Agua para obras en ejecución con licencia y contador Tasa fija por m3 0,4842
SUMINISTRO EN ALTA Sin tramos Tarifa (€/m3)
Convenios para gestión de redes no recepcionadas que se abastecen de agua procedente de la red municipal: Urbanizaciones, ... Tasa fija por m3 0,4842
Sobre las tarifas se aplicará, en su caso, el IVA correspondiente.

“Aquellos abonados que, sin la autorización por escrito del Ayuntamiento o supervisión del fontanero municipal (que acredite que el contador está dañado por heladas o motivo similar), sustituyan su contador volumétrico de agua potable o agua de riego, habrán de abonar 25€ en concepto de sustitución de contador sin autorización más la estimación de volumen de agua gastada, a razón de 500 litros/día (45m3/trimestre) para el primer, segundo y cuarto trimestres; y 1.318 litros/día (120m3/trimestre) para el tercero”.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los acuerdos adoptados y la aprobación de las ordenanza fiscales se expondrán al público por un periodo de treinta días mediante edicto insertado en boletín oficial de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. De no presentarse reclamación alguna contra los acuerdos adoptados, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales “
Sometido a votación es aprobado por unanimidad de los presentes.- “

Intervenciones :
Al igual que en los puntos anteriores , el sr, Alcalde anuncia que el Grupo Popular ha presentado una enmienda al Dictamen para mantener las tasas sin subida

Concedida la palabra, el Sr. Sanz Manso, Portavoz del Grupo Socialista, recuerda la unanimidad en Comisión; e insiste en que lo importante es la red de riego; y que la tasa incide muy poco en los ingresos del Ayuntamiento . El problema, dice , es que se ha recibido mal la Urbanización y ahora se intenta poner paños calientes. Arreglese el asunto de la red de riego, y deje la tasa como está , concluye el Sr. Sanz Manso .

El Sr. González Pérez dice que comparte con el PSOE el argumento; y que le resulta muy chocante que enviara a los vecinos que habían consumido más de 45 m3 una carta para concienciarlos, y ahora parece que considera consumo normal hasta 150 m3 al trimestre. Se sorprende, dice. Le parece que la postura correcta es llegar una idea a la Comisión , adoptar un acuerdo y ser consecuente con ello.

El Sr. Alcalde responde a estas intervenciones que hay una nueva realidad que debe ser atendida.
El Sr. Bermejo de la Cal , Portavoz del Grupo Popular, propone que se congele la tasa , que no suba . Y dice que la red de riego funciona correctamente ; con problemas puntuales que se han corregido . Y en cuanto al Estudio de explotación que nadie se rasgue las vestiduras porque ese Estudio fue aprobado en Comisión por el representante de URCL.
El Sr. González Pérez reconoce que en efecto así es, pero eso no impide que en el Pleno se vuelva a discutir. Dice que a él también le preocupan los vecinos del Golf, pero quién paga la bajada de esos tramos. Estudiese una solución., concluye diciendo –

El Sr. Sanz Manso le responde al Sr. Bermejo que una red nueva no tiene por qué tener problemas. Si los hay que la promotora los solucione , y luego se recepciona. Le recuerda que siempre advirtió que se inspeccionen y prueben las instalaciones antes de recepcionarlas. De aquellos polvos estos lodos, dice el Sr. Sanz Manso.

Se ausenta momentáneamente el Sr. Ojero Vivas .-
El Sr. Bermejo de la Cal responde que el Sr. Sanz Manso parece el salvador de las urbanizaciones, cuando la realidad es que él personalmente con los técnicos durante tres días inspeccionó el Soto, con apertura de pozos, bajando a los mismos, comprobando las instalaciones y su funcionamiento. Y se hizo la recepción correctamente .-
Votación :
Sometido a votación es aprobado el dictamen de Comisión es aprobado por mayoría absoluta de siete votos a favor de los Srs, Sanz Manso , de la Cal Bueno, San Miguel Cristóbal, Srta, López Gómez, Sanz Ferrero, González Pérez y Sra. Santos Villafañe; y con tres votos en contra de los Srs. Villalba Pinilla, Bermejo de la Cal, y Montes Juste.
Y en consecuencia queda rechazada la propuesta de modificación del dictamen del Grupo Popular

Finalizada la votación se incorpora a la Sesión el Sr. Ojero Vivas.

5.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS.-
Se somete a la aprobación del Pleno el siguiente dictamen de Comisión de Administración General Hacienda y Presupuestos :
“ Aprobar provisionalmente la Modificación de la Ordenanza Fiscal de la Tasa por prestación del servicio municipal de recogidas de Basuras y fijar las siguientes tarifas :
ESTABLECIMIENTOS EN CASCOS URBANOS Tarifa Importe/ trimestral
Viviendas Cuota fija 9,74 €
Oficinas bancarias, comercios, tiendas y quioscos Cuota fija 20,98 €
Hoteles, residencias, restaurantes y bares Cuota fija 105 €
Industrias, almacenes y supermercados Cuota fija 75 €
ESTABLECIMIENTOS EN EL
POLÍGONO INDUSTRIAL “EL BRIZO” Tarifa Importe
Empresas ubicadas en el Polígono “El Brizo” Cuota fija+variable
(en función del nº contenedores) 30 €
+175,00€/cont
SUELO RÚSTICO Tarifa Importe
Empresas o titulares ubicados en suelo rústico Cuota variable
(en función del nº contenedores) +175,00€/con
De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los acuerdos adoptados y la aprobación de las ordenanza fiscales se expondrán al público por un periodo de treinta días mediante edicto insertado en boletín oficial de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. De no presentarse reclamación alguna contra los acuerdos adoptados, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales. “
Sometido a votación es aprobado por unanimidad de los presentes.-

Intervenciones : El Sr. Alcalde informa de la existencia de una propuesta de Modificación del Dictamen presentada por el Grupo Popular
El Sr. Sanz Manso indica que la propuesta de Comisión es una subida del 2%. Indica que la variación es de unos pocos céntimos, lo cual no va a arruinar a nadie. Siempre se ha informado en la Mancomunidad que es un servicio que no se autofinancia , y siempre han advertido de que se debe subir para equiparar costes , porque tiene entendido que la Mancomunidad paga el vertido por Kilos; y recuerda leyendo el Acta su posición en la Comisión incluida la petición de un regimen sancionado, previa información abundante y concienciación.
El Sr. González Pérez recuerda , con cita del Acta del Pleno del 30 de Octubre de 2008, lo que dijo el portavoz del Grupo Popular sobre la financiación del servicio de basuras. El Sr. Alcalde le dice que este año ha sido malo económicamente para los vecinos, y que se preve que el año 2010 no va a ser mejor. El Sr. González Pérez le dice al Sr. Alcalde que al final todo lo pagan los vecinos, y le pregunta si una subida del 2% le supone un mundo.-
El Sr., Bermejo de la Cal responde al Sr. Sanz Manso que le parece muy bien la concienciación; pero que eso no es nuevo en este Ayuntamiento : por su iniciativa se colocaron contenedores de pilas y de restos de podas. En cuanto al coste del vertido de las basuras , en estos años , al pasar al vertedero controlado, el coste se ha incrementado en un 80%.;y él propuso que se fuera subiendo en torno a un 10% anual hace ya unos 8 a 10 años . Pero entonces no convenía . Bien pues ahora el Grupo Popular propone la congelación de la tasa
El Sr. Sanz Manso replica que el Grupo Socialista siempre ha estado en la oposición . Lo bueno y lo malo es responsabilidad del P.P., dice el Sr. Sanz Manso . Su grupo siempre ha pedido las subidas ajustadas al I.P.C. Si el servicio resulta deficitario la culpa la tendrán Vds que no han sabido actuar a tiempo, dice el Sr. Sanz Manso. Y en la Mancomunidad iban de gallitos y se iban a hacer cargo directamente de la recogida de basuras de Aldeamayor, dice el Sr.Sanz Manso. El Sr. Ojero Vivas dice que propuso una reducción de la frecuencia de reciogida de basuras pasando de cinco a tres días de recogida, lo cual iba a suponer un ahorro de unos veinte mil euros al Ayuntamiento, pero el Grupo Socialista de la Mancomunidad se opuso. Interviene el Sr. San Miguel que dice que a él le han informado que eso no sería ningún ahorro, lo cual provoca la respuesta del Sr. Ojero Vivas que le pregunta cómo no va a ser ahorro si se factura por contenedor y días de recogida. Si en lugar de cinco días sólo se paga lo correspondiente a tres, ¿cómo no va a ser ahorro? , pregunta en alto el sr. Ojero Vivas.

Sometido a votación el dictamen de Comisión es aprobado por mayoria absoluta de siete votos a favor de los Srs. Sanz Manso , de la Cal Bueno, San Miguel Cristóbal , srta. López Gómez, Sr. Sanz Ferrero, Sr. González Pérez, y Sra Santos Villafañe; y con el voto en contra de los Srs. Villalba Pinilla, Ojero Vivas, Bermejo de la Cal, y Montes Juste.
Y en consecuencia queda rechazada la propuesta de modificación del dictamen del Grupo Popular
6.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL DE LA TASA DE CEMENTERIO

De acuerdo con el dictamen de la Comisión Informativa de Administración General Hacienda y Presupuestos se somete a la aprobación del Pleno el siguiente dictamen :

”Modificar la Ordenanza de la Tasa por prestación del Servicio de Cementerio , en su art.7 .2 Cuota tributaria de servicio de Enterramiento que queda fijada en lo siguiente :
2.- Servicio de Enterramiento y lápida sin grabar : 239,78 €.-
De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los acuerdos adoptados y la aprobación de las ordenanza fiscales se expondrán al público por un periodo de treinta días mediante edicto insertado en boletín oficial de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. De no presentarse reclamación alguna contra los acuerdos adoptados, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales.”
Votación :
Sometido el dictamen de Comisión a votación es aprobado por unanimidad de los presentes ( once ) .-

7.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL DEL TASA POR UTILIZACIÓN DE PISCINAS E INSTALACIONES DEPORTIVAS ANÁLOGAS
De acuerdo con el dictamen de la Comisión Informativa de Administración General Hacienda y Presupuestos se somete a la aprobación del Pleno el siguiente dictamen :

“Modificar la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por utilización de Piscinas e Instalaciones Deportivas Municipales en su artículo 6. Exenciones y Bonificaciones , añadiendo al mismo , como usuario el siguiente :
G) Equipos de Ligas de Empresa.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los acuerdos adoptados y la aprobación de las ordenanza fiscales se expondrán al público por un periodo de treinta días mediante edicto insertado en boletín oficial de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. De no presentarse reclamación alguna contra los acuerdos adoptados, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales. “
Votación :
Sometido el dictamen de Comisión a votación es aprobado por unanimidad de los presentes ( once ) .-

NO habiendo más asuntos que tratar , y siendo las veinte horas y treinta y cinco minutos por el Sr. Alcalde- Presidente se dio por finalizada la Sesión de la que se levanta la presente Acta de lo que yo el Secretario doy fe y certifico .-
Vº.Bº. El Alcalde –Presidente


Fdo. Juan Jose Villalba Pinilla

tocalaotravezsan

Cantidad de envíos : 56
Fecha de inscripción : 21/12/2011

Volver arriba Ir abajo

Volver arriba

- Temas similares

 
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.