Acta de Pleno ordinario de 23 de febrero de 2.012
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Acta de Pleno ordinario de 23 de febrero de 2.012
ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 23 DE FEBRERO DE 2012 A LAS 19,00 HORAS
En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Aldeamayor de San Martín , siendo las diecinueve horas del día veintitrés de Febrero de dos mil doce, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. Bernardo Sanz Manso, se reunió en Sesión Ordinaria el Ayuntamiento Pleno con la asistencia de los Srs. Concejales D. Jacob Bermejo de la Cal, D. Abilio Ojero Vivas, D. Francisco Javier Montes Juste, Dª Virginia Almanza Badás, D. Fernando de la Cal Bueno , D. Francisco Claro Álvarez, D. Félix Antonio Calleja Bolado , Dª Pilar Santos Villafañe, Dª Maria del Mar Martín Gómez , y D. Francisco Antonio Lambás Cid.
Asiste el Sr. Interventor D. Francisco Javier González Martín, y el Sr. Secretario del Ayuntamiento D. Teodoro Sanz Rivas, que da fe del acto.
Abierta la Sesión por el Presidente, se procede a desarrollar el Orden del Día de la siguiente forma:
1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR .-
Dada cuenta del Acta de la Sesión anterior, correspondiente al día 16 de Febrero de 2012, no presentándose objeciones a su redacción se aprueba por unanimidad,
2.- DACIÓN DE CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA DESDE LA ANTERIOR SESIÓN ORDINARIA .
Dada cuenta de las resoluciones dictadas por el Sr. Alcalde desde la última sesión ordinaria, que corresponden con los Decretos 28 al 62 de 2012 , de los cuales los Grupos Políticos Municipales han recibido copia, el Ayuntamiento Pleno queda enterado.
3.- APROBACIÓN DE DICTAMEN SOBRE FASE DE APROBACION PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL P.G.O.U. DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTIN PARA MODIFICACIÓN DEL PLAN PARICAL DEL SUD 3 Y SU ORDENACIÓN DETALLADA .-
Se somete a la aprobación del Pleno el siguiente Dictamen de Comisión:
APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL P.G.O.U. DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN PARA MODIFICAR EL PLAN PARCIAL DEL SUD 3 Y SU ORDENACIÓN DETALLADA.
Dada cuenta del expediente de Modificación Puntual del P.G.O.U. de Aldeamayor de San Martín para modificar el Plan Parcial del Sud 3 y su ordenación detallada instado por la Junta de Compensación del Sud 3 , según proyecto técnico redactado por el Arquitecto D. José Antonio Florez González;
Resultando que previa solicitud de los informes preceptivos, se aprobó inicialmente el proyecto en fecha 30 de Marzo de 2011 por el Ayuntamiento Pleno, publicándose esta aprobación y abriendo periodo de información publica por plazo de dos meses con anuncio en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en el Bocyl del día 19 de Abril , y en el diario El Norte de Castilla del día 9 de Abril de 2011.-
Por parte de la Comisión Territorial de Urbanismo se efectuó requerimiento de presentación de nueva documentación ajustada a la Ley y al Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, que fue trasladado al Promotor.
Una vez cumplimentado el requerimiento, la misma Comisión Territorial en su Ponencia Técnica en sesión del día 20 de Septiembre de 2011 emite informe desfavorable por considerar que la documentación no la correcta, y que debía iniciarse la tramitación del expediente de acuerdo con la Ley y el Reglamento en vigor.
A la vista de este informe, el Sr. Arquitecto Municipal propone la denegación de la aprobación provisional de la Modificación planteada asumiendo como motivación los planteamientos expuestos por la Ponencia Técnica de la Comisión Territorial de Urbanismo del día 20 de Septiembre de 2011.-
El Sr. Secretario emite informe de procedimiento sobre la legalidad aplicable y competencia del Pleno para resolver este asunto.
La Comisión Informativa de Urbanismo, a petición del interesado propone suspender la resolución hasta que aporte informe de los Técnicos de la C.T.U. aclarando su informe, hecho que no llega a producirse; y tras lo cual se emiten nuevos informes de los técnicos municipales que vienen a ratificar sus anteriores informes
A la vista de lo cual, y con la motivación expresada en los párrafos anteriores, se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
1º) Denegar la aprobación provisional de la Modificación puntual del P.G.O.U. de Aldeamayor de San Martín para modificar el Plan Parcial del Sud 3 y su ordenación detallada instado por la Junta de Compensación del Sud 3, según proyecto técnico redactado por el Arquitecto D. Jose Antonio Florez González, por los motivos expresados por la Ponencia Técnica de la Comisión Territorial de Urbanismo por considerar que la documentación presentada no es la correcta, y que debe iniciarse de nuevo el expediente ajustando la tramitación y la documentación a presentar de acuerdo con la Ley y el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León en vigor.
2º) Notificar esta resolución que pone fin a la vía administrativa al promotor y al alegante D. Jesús González Pérez, así como a los organismos públicos que han emitido informe en este expediente.
Contra este acuerdo se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Pleno en el plazo de un mes desde su notificación , o bien , alternativamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su notificación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Léon, Sala de lo contencioso-administrativo de Valladolid. “
Intervenciones :
El Sr. Ojero Vivas , portavoz suplente del Grupo Popular, manifiesta que se remite a lo dicho en Comisión , y ruega al Sr. Alcalde que inste al Promotor a presentar petición de tramitación del nuevo expediente.
Votación : Sometido a votación es aprobado por 8 votos a favor de los Srs. Sanz Manso, de la Cal Bueno, Claro Alvarez, Calleja Bolado, Lambás Cid, y Sras. Almanza Badás, Santos Villafañe y Martín Gómez; y con la abstención de los Srs. Ojero Vivas, Bermejo de la Cal y Montes Juste.
4.- APROBACION DE CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTE EL AYUNTAMIENTO DE ALDEA DE SAN MIGUEL , ALDEAMAYOR DE SAN MARTIN , MOJADOS Y PORTILLO, PARA ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN Y SOLICITUD DE AYUDAS Y SUBVENCIONES COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PARA EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA DE TALLER DE EMPLEO PARA LA FABRICACIÓN DE ADOBE Y CONSTRUCCIÓN CON BARRO.
El Sr. Concejal Delegado del Area de Industria y Empleo D. Felix Antonio Calleja Bolado, presenta al Pleno el Convenio , explicando que hay intención de la Junta de Castilla y León de aplicar recortes en este tipo de actuaciones, y por eso piensan que es buena idea presentar una propuesta de Taller de Empleo de varios Ayuntamientos, de distinto signo político, y considera que así se le pone más difícil a la Junta de Castilla y Léon negar las ayudas a esta actuación. Relata que ya hay Ayuntamientos que lo han aprobado en Pleno, faltando Portillo, y Aldeamayor, que lo hace hoy.
Explica el Sr. Calleja Bolado que el número de alumnos será de 8, porque las obras que ha propuesto Aldea de San Miguel no da para más alumnos. Pretende que este taller sea un inicio, que tenga en otros ámbitos continuación . E insiste en que la prioridad del Ayuntamiento es conseguir la aprobación de su propia propuesta , que están barajando cinco opciones, y cuando lo tengan bien perfilado lo prsentarán.
El Sr. Bermejo de la Cal, portavoz del Grupo Municipal Popular pregunta sobre la participación de cada Municipio, respondiendo el Sr. Calleja Bolado que el 50 % Aldea de San Miguel; y el resto los otros Municipios en función de los alumnos de cada Municipio que se benefician de la actuación . El Sr. Bermejo de la Cal manifiesta que su grupo está de acuerdo con todas las actuaciones formativas o que generen empleo.
Seguidamente se procede a dar lectura del Dictamen de Comisión :
“ Dada cuenta del Convenio de Colaboración ente el Ayuntamiento de Aldea de San Miguel , Aldeamayor de San Martin , Mojados y Portillo, para establecer el procedimiento de gestión y solicitud de ayudas y subvenciones cofinanciadas por el fondo social europeo para el desarrollo de un programa de taller de empleo para la fabricación de adobe y construcción con barro.;
Considerando conveniente al interes social de los Municipios promover el empleo por estos medios,
El Ayuntamiento Pleno de Aldeamayor de San Martin , acuerda :
1º) Aprobar el Convenio de Colaboración ente el Ayuntamiento de Aldea de San Miguel , Aldeamayor de San Martin , Mojados y Portillo, para establecer el procedimiento de gestión y solicitud de ayudas y subvenciones cofinanciadas por el fondo social europeo para el desarrollo de un programa de taller de empleo para la fabricación de adobe y construcción con barro.
2º) Facultar tan ampliamente como haya lugar en Derecho al Sr. Alcalde – Presidente para la firma del Convenio con el resto de Alcaldes de los Municipios que suscriben el citado Convenio.”.
Votación :
Sometido a votación es aprobado por unanimidad de los presentes.
5.- APROBACION DE EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICAL DE CREDITOS 2/2012 .
PROPUESTA DE ACUERDO
Visto que han tenido entrada en este Ayuntamiento una serie de facturas por servicios o suministros prestados en la mayoría de los casos en la última quincena del ejercicio 2011, cuya remisión al Ayuntamiento ha tenido lugar una vez iniciado el ejercicio 2012. En definitiva, se trata de servicios y suministros facturados en el ejercicio 2011, pero cuyas facturas han tenido entrada en el Ayuntamiento una vez iniciado el ejercicio 2012.
Habiéndose emitido informe de Intervención de fecha 20 de febrero de 2012, donde consta que para reconocer obligaciones de ejercicio distinto al que se han producido se debe proceder siguiendo el procedimiento regulado en el artículo 60.2 del RD 2/2000, es decir, debe ser el Pleno de la entidad el órgano encargado de reconocer dicha obligación. Asimismo, todo reconocimiento de obligación debe llevar aparejado anteriormente o en la misma fase la autorización y la disposición del gasto, que en el caso del reconocimiento extrajudicial de crédito se realizará también por el Pleno de la entidad.
Ha de destacarse, no obstante, que los citados servicios han sido realizados a satisfacción de la Administración municipal y se han producido los gastos para los que hoy se reclama su abono.
El impago, de las citadas facturas produciría un claro enriquecimiento injusto o sin causa que no debe crearse y que impone a esta Administración la compensación del beneficio económico recibido, contemplado tanto si se enfoca desde la óptica del cuasi-contrato (Artículo 1.887 del Código Civil) como la mencionada teoría del enriquecimiento injusto; habiéndose pronunciado en este mismo sentido la jurisprudencia del Tribunal Supremo en Sentencias de 11 de mayo de 1989, 13 de julio de 1984 y 19 de noviembre de 1992, entre otras muchas.
En atención a lo expuesto, se propone al Pleno de la corporación la adopción de los siguientes ACUERDOS:
ÚNICO.- Aprobar el reconocimiento extrajudicial de los créditos incluidos en la siguiente relación adjunta, con la finalidad de dar cobertura a los gastos realizados en el ejercicio 2011, con cargo a la aplicaciones presupuestarias del Presupuesto Municipal de 2.012, en función de la naturaleza del gasto, por un importe total de 749,84 euros (SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CÉNTIMOS DE EURO):
RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL : Expte 2/2012
Partida Número de Factura Fecha de factura Proveedor NIF-CIF Concepto Importe
14.233.216.00 2011/S-09 30-12-2011 ALBERTO PÉREZ AGUILAR 35057760X Reparación de varios ordenadores. Centro de Día 600,62
14.233.221..05 468 31-12-2011 SUPERMERCADOS LA SALVE S.L. B47029863 Consumibles. Centro de Día 9,54
15.341.226.11 470 31-12-2011 SUPERMERCADOS LA SALVE S.L. B47029863 Gastos diversos Torneo de Rana, Bolos, Petanca 89,15
15.338.226.20 469 31-12-2011 SUPERMERCADOS LA SALVE S.L. B47029863 Gastos diversos Fin de año. Asociaciones 50,53
IMPORTE TOTAL 749,84
Intervenciones : No hay.
Votación : Es aprobado por unanimidad de los presentes.
6.- DESIGNACIÓN DE NOMBRE PARA LA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL DE 1º CICLO
Se somete a aprobación el siguiente Dictamen de Comision :
“ Poner nombre al Centro Infantil puede considerarse una tarea fácil. No hay más que acudir a los títulos de cuentos que existen y aun más si tenemos en cuenta todos los personajes que aparecen en dichos cuentos.
Lo difícil es acertar y además que guste a la mayoría.
Imaginemos, el niño o niña que llega al Centro con unos pocos meses de vida, no ha salido del entorno familiar, de su casa y se encuentra con una casa nueva, un lugar amplio, colorido…, una casa encantada. Es algo que se abre al mundo como una ventana mágica.
El lugar donde comienzan sus juegos con otros niños, defiende su espacio, ocupa un rincón donde comienza a soñar, su mente infantil empieza a captar luces, colores.
En fin, ahí van los posibles nombres para nuestra Escuela Infantil:
1ª) LA VENTANA MAGICA ; 2º) EL RINCÓN DE LOS SUEÑOS ; 3º) LA CASITA ENCANTADA
El Ayuntamiento Pleno por 8 votos favor de los Srs. Sanz Manso, de la Cal Bueno, Claro Alvarez, Calleja Bolado, Lambás Cid,y Sras. Almanza Badás, Santos Villafañe y Martín Gómez; y con la abstención de los Srs. Ojero Vivas, Bermejo de la Cal y Montes Juste.
ACUERDA : 1º) Aprobar el siguiente nombre para la Escuela Infantil de Aldeamayor de San Martin : “ la Ventana Mágica”, siendo su nombre oficial completo.: Escuela Infantil de Aldeamayor de San Martin La Ventana Mágica.
2º) Notificarlo así a la Consejería de Educación,, en el expediente que se tramita para la creación de la Escuela Infantil de 1º Ciclo del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martin.
7.- INFORMES D E LA ALCALDIA .
El Sr. Alcalde informa sobre los siguientes asuntos :
1.-Obra en la Cañada de Rodamarzo. Anuncia que se abrirá próximamente al uso de vehículos agrícolas. Se colocarán señales ; y se procurará, aunque reconoce su dificultad , que tan sólo sea para el uso autorizado.
2.- Informa que está concluida la obra del alumbrado del Camino de Tamarizo. Está pendiente de autorización de Industria . Unida a esta , está la obra de electrificación de los depósitos de agua . El contratista Elecnor sólo tiene un año de garantía ; y sin embargo Iberdrola pide tres años si se le cede la línea. Se negociará con Iberdrola para ajustar las garantías.
3.. Informa sobre una reunión con el E.U.C. del Golf el día 9. Le han solicitado renovar el Convenio de Colaboración.
4. Informa que se ha renovado la Junta rectora del E.U.C. del Soto; y anuncia que cuando estén ya los órganos constituidos en sus cargos se estudiará con ellos un convenio de colaboración similar al del Golf.
5. Informa que el día 13 asistió en la FEMP , en Madrid, a la constitución de la Comisión de Desarrollo Económico y Empleo. Se ha acordado que por parte de los Municipios que integran la Comisión se elaboren propuestas para su aprobación , para elevar al Gobierno de España.
6. Informa que el día 14 se celebró mesa de contratación que propuso la adjudicación del contrato de mantenimiento de las Estaciones de Bombeo a la empresa Proyectos de Medio Ambiente .
7. Informa que también ese mismo día 14 tuvo una reunión con los técnicos municipales, y con el representante de Metrovacesa y sus técnicos Se plantearon tres asuntos : La sanción que se ha impuesto al Ayuntamiento por el riego del Campo de Golf; la constitución de una Comunidad de Usuarios; y la recuperación del servicio del agua en su totalidad para el Ayuntamiento , pues tiene análisis que le hacen pensar que en manos de la gestión municipal el agua sería más barata.Informa que se han dado un plazo de cuatro a cinco meses para solucionarlo. Insiste el Sr. Alcalde que su idea es mantener el riego para el Campo del Gof, porque el Campo de Golf es un bien para el Municipio; y que en cuanto al valor del rescate se actúa en base los informes técnicos.
8. Informa el Sr. Alcalde que el día 20 se ha prorrogado el contrato con el Grupo Lince. Indica que prestan bien el servicio , y además realizan una labor social.
9. Informa que en su representación acudió el Sr. Concejal delegado de Urbanismo a una reunión con el SunC 1. Que está pendiente de informe sobre inundabilidad de una empresa llamada Tragsa, para poder aprobarse el Proyecto de Urbanización, y desarrollar las obras.
10. Informa el Sr. Alcalde de la reunión en Megeces, ayer día 22 , con el Sr. Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León y unos treinta Alcaldes para tratar el asunto de la creación de los Distritos de Interes Comunitario. Informa el Sr. Alcalde que según explicaciones dadas por el Sr. Delegado Territorial el objetivo es mejorar los servicios que se prestan a los ciudadanos, abaratar coste, y que la adhesión será voluntaria, pretendiendo crear siete distritos en la provincia de Valladolid.
11. Informa el Sr. alcalde que hoy se han aprobado los Estatutos de la Comunidad Urbana de Valladolid y su Entorno, dejando abierta la posibilidad de que el resto de Municipios que figuran en las DOTVAENT puedan incorporarse. El Sr. Alcalde dice que hay dos servicios muy importantes de los que se podría beneficiar Aldeamayor de San Martin : el transporte de viajeros y la Policia Municipal.
8. MOCIONES DE LOS GRUPOS POLÍTICOS , SI LAS HUBIERE
Se da cuenta de la presentación de distintas Mociones presentadas por los Grupos Municipales, siendo aceptada por unanimidad por asentimiento de los presentes que se incluyan como urgentes en el orden del Día :
1ª Mocion :
MOCION QUE PRESENTAN LOS GRUPOS MUNICIPALES SOCIALISTA, INDEPENDIENTES POR ALDEAMAYOR E IZQUIERDA UNIDA DEL AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTIN PARA SU INCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍA DEL PROXIMO PLENO DEL AYUNTAMIENTO DEL 23 DE FEBRERO DE 2012 PARA SU DEBATE Y APROBACION ,, AL AMPARO DE LO ESTABLECIDO POR LA LEY 7/85 DE 2 DE ABRIL REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCAL Y EL REAL DECRETO 2568/1986 DE 28 DE NOVIEMBRE POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN FUNCIONAMIENTO Y REGIMEN JURÍDICO DE LAS ENTIDADES LOCALES , ART. 97.3.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS :
El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y Léon aprobó en su reunión del pasado 29 de diciembre de 2011 el Decreto 71/2011, por el que se regulan las condiciones de la prorroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y Leon para 2011.
El artículo 3º de este Decreto , que está dedicado a regular la imputación de gastos durante la prorroga presupuestaria , establece textualmente que :
“ 1.durante el periodo de vigencia de la prorroga del Presupuesto, la imputación de gastos se ajustará los siguientes criterios :
a) Los gastos de personal, con cargo al Capitulo 1, en base a las remuneraciones previstas individualmente para la categoría respectiva en la Ley 20/2010, de Presupuestos Generales de la Comunidad para 2011 y disposiciones que la desarrollan, hasta el límie del crédito inicial , a nivel de vinculación, aprobado en el Presupuesto para 2011.
b) Los gastos corrientes en bienes y servicios , con cargo al Capitulo 2, y hasta el limite del crédito inicial, a nivel de vinculación, aprobado en el Presupuesto para 2011:
1º) Por los gastos ordinarios de funcionamiento necesarios para la prestación de servicios públicos.
2º) Por las obligaciones generadas en ejercicios anteriores derivadas de compromisos de gasto debidamente contabilizados, se hubieren adquirido de conformidad con el ordenamiento jurídico y , a la finalización del ejercicio al que correspondan, hubiesen contado con cobertura presupuestaria adecuada y suficiente.
c) Los gastos financieros , con cargo l capitulo 3, y los pasivos financieros, con cargo al capítulo 9, y hasta el limite del crédito inicial, a nivel de vinculación, aprobado en el Presupuesto para 2011, derivados de la cobertura del coste de las operaciones de crédito, así como aquellos costes de carácter análogo.
d) El resto de gasto , a saber, Transferencias corrientes y de Capital , Inversiones Reales y Activos Financieros ,, con cargo a los Capitulos 4,7,6, y 8 respectivamente, y hasta el límite del crédito inicial, a nivel de vinculación, aprobado en el Presupuesto para 2011 :
1º) Por las obligaciones generadas en ejercicios anteriores derivadas de compromisos de gastos debidamente contabilizados o , no habiendo sido contabilizados, se hubieren adquirido de conformidad con el ordenamiento jurídico, y a la finalización del ejercicio al que correspondan, hubiesen contado con cobertura presupuestaria adecuada y suficiente.
2º) Por los compromisos derivados de disposiciones , convenios, y contratos programa que estuvieran en vigor el 31 de diciembre de 2011, y que supongan obligaciones en 2012.
3º) Por los compromisos debidamente adquiridos que se destinen a pensiones , subvenciones y ayudas cuyo beneficiario tuviera derecho a 1 de Enero de 2012.
4º) Por los gastos derivados de compromisos plurianuales que se hubieren contraido con anterioridad al 1º de Enero 2012.
5º)Por los gastos financiados con recursos finalista siempre que se acredite la existencia del compromiso de financiación de la Administración o entidad cofinanciadora.
2. Fuera de los supuestos , contemplados en el apartado anterior, no procederá la realización e imputación de gasto alguno. No obstante, si se considerara imprescindible realizar o imputar algun tipo de gasto no previsto en el apartado Uno anterior, el titular de la consejería que lo proponga elaborará una Memoria Justificativa de la necesidad del gasto, de su repercusión, y efectos en el Presupuesto de su Sección, y de las previsiones de financiación que estime necesarias , y los someterá a autorización de la Consejería competente en materia de Hacienda .”
Esta regulación hace que, en la práctica, durante varios meses de 2012 no se puedan realizar convocatorias de subvenciones para programas que habitualmente realizan en la Comunidad Autónoma, en muchos casos a través de Ayuntamientos y Mancomunidades. Así, la prorroga de los Presupuestos deja en el aire para 2012 las convocatorias para el programa de cualificación profesional inicial; para la contratación de técnicos para Orientación para el Empleo y asistencias al Autoempleo ( OPEAS); para la contratación de agentes de empleo y desarrollo local ( AEDL ); para la contratación de personas preceptoras del IMI y discapacitados; para la contratación de trabajadores en el ámbito de los Nuevos Yacimientos de Empleo ; para la contratación de trabajadores para obras de interés general y social a través de los programas Elco y Elfex; para el programa de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo; para los Talleres para la mejora profesional,; para acciones de Formación Profesional para inmigrantes; para programas experimentales en materia de empleo; para los Proyectos de Cooperación Transfronteriza; para el Programa de Educación de Personas adultas; para la contratación de Agentes de Igualdad; para el mantenimiento de Escuelas Infantiles; para el mantenimiento de Teatros ; para el mantenimiento de Escuelas de Música o para el mantenimiento de Parques de Bomberos;. La ausencia de estas convocatorias en los plazos que habitualmente se realizan perjudicará gravemente a las Entidades Locales de Castilla Y Leon , así como a las personas que podrían beneficiarse de las mismas.
Además en 2011 la Junta de Castilla Y León ha adoptado decisiones , una vez realizadas algunas convocatorias de subvenciones para Ayuntamientos y Mancomunidades que les han perjudicado gravemente. Así , despues de convocar la subvención para la contratación de trabajadores en el ámbito de los nuevos Yacimientos de Empleo , y obligar a contratar el personal subvencionable en unas fechas determinadas, no resolvió la convocatoria , denegando las solicitudes por silencio administrativo. Y en numerosas subvenciones el retraso en la aportación de las cantidades subvencionadas por la comunidad Autónoma ha perjudicado gravemente a Ayuntamientos y Mancomunidades.
Por todo ello, los Grupos Municipales , anteriormente citados, del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martin , presenta para su aprobación por el Pleno Municipal lo siguientes ACUERDOS :
Instar a la Junta de Castilla y León a :
Que antes del día 31 de Marzo de 2012 apruebe la relación de convocatorias de subvenciones destinadas a Ayuntamientos y Mancomunidades de la Comunidad Autónoma que convocará en 2012, con indicación del periodo en el que se procederá la publicación de la convocatoria y de los plazos para la resolución de la misma. En dichas convocatorias se adoptarán los acuerdos necesarios por parte de la Consejería de Hacienda para evitar que tengan los Ayuntamientos y Mancomunidades beneficiarios de las mismas que adelantar las cantidades que en cada subvención deban ser aportadas por la Junta de Castilla y León.-
En Aldeamayor de San Martín , 17 de Febrero de 2012.
Grupo Socialista, el Portavoz.; Grupo Independientes, El Portavoz ; Grupo Izquierda Unida , el Portavoz.
Rubricados. “
Intervenciones :
El Sr. Alcalde explica las razones de la Mocion en el retraso que lleva la Junta para aprobar sus presupuestos, y el daño que eso hace a los Municipios que no cuentan con la certeza de recibir las subvenciones de los programas de ayuda al empleo , tal y como se relata en la Mocion. Se trata dice el Sr. Alcalde de pedir la anticipación de las subvenciones
La Sra. Santos Villafañe, portavoz del Grupo de URCL, indica que no ha tenido tiempo de estudiar la Moción . El Sr. Alcalde reitera las explicaciones anteriores.
El Sr. Bermejo de la Cal manifiesta que le hubiera gustado que antes de traer la Mocion al Pleno se consultara con su grupo , pues su grupo está a favor de cualquier medida que promueva el empleo. Se queja el Sr. Bermejo de la Cal de que no se le ha entregado copia con tiempo suficiente de estudiarlo, y dice entender que hay un sentido político en la Mocion, y que estando de acuerdo con el fin que propone la Mocion, no está de acuerdo con la forma en que ha gestionado este asunto
Votación : Sometida a votación es aprobad por seis votos a favor, de los Grupos Socialista, Independientes por Aldeamayor e izquierda Unida , de los Srs. Sanz Manso, de la Cal Bueno, Calleja Bolado, Claro Alvarez, Lambás Cid y Sra Almanza Badás.; y 5 abstenciones de los Grupos Popular y URCL, srs Bermejo de la Cal, Ojero Vivas, Montes Juste, y Sras. Santos Villafañe y Martín Gómez.
2ª Mocion : ADHESIÓN AL CODIGO DE BUEN GOBIERNO LOCAL APROBADO POR LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS.
Se somete a la aprobación del Pleno la siguiente Mocion presentada por el Equipo de Gobierno :
“ El Congreso de Poderes Locales y Regionales del Consejo de Europa (CPLRE) en sus recomendaciones 60 y 86 aprobadas en 1999, pretende inspirar los comportamientos de las autoridades locales en relación con la “ ética política”.
Por su parte , el Código Europeo de Conducta para la integridad política de los representantes electos “ aprobado por el CPLRE aboga por la promoción de Códigos de conducta para los representantes locales como instrumentos que permitirán crear confianza entre los políticos y los ciudadanos, indispensable para que aquellos que tengan que desempeñar sus funciones puedan hacerlo de forma eficiente puesto que el respeto por el mandato del electorado va estrechamente unido al respeto de unas normas éticas.
En esta dirección insiste, también, la conferencia de Ministros europeos responsables de las instituciones locales y regionales, con ocasión de la declaración sobre participación democrática y la etica publcia a nivel local y regional”. Su declaración de la sesión de Valencia, 15 y 16 de octubre de 2007, haciendo referencia a la Agenda Budapest y a otras recomendaciones del Consejo de Ministros y del Consejo de Europa, nos recuerda la utilidad del Manual de Buenas Practicas sobre la Etica Publica en el nivel de los Gobiernos Locales,
En base a sus recomendaciones , y respetando el marco normativo vigente, la Federación Española de Municipios y Provincias consideró conveniente la redacción de una serie de principios y el diseño de instrumentos de gobierno, que contribuyeran a consolidar pautas de comportamiento de los electos locales en aras a configurar una ética pública común que evite la mala gestión , destierre posibles actuaciones corruptas , y por el contrario sirva para generalizar las buenas prácticas.
El Código contribuirá a la mejora de los modelos de gestión y asegurará a los ciudadanos y ciudadanas un buen gobierno local como garantía de igualdad y solidaridad , adquiriendo un compromiso con la ética pública y la calidad democrática en el ámbito de gestión más próximo al ciudadano . Se trata, en fin, de profundizar en la configuración democrática y participativa de las corporaciones locales.
Por todo lo anterior, se somete a la consideración del Pleno la aprobación del siguiente acuerdo :
UNICO.- El Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martin se adhiere al “ Código de Buen Gobierno Local aprobado unánimemente por la Comisión Ejecutiva de la Federación Española de Municipios y Provincias el día 15 de Junio de 2009 .”
Votación : Sometido a votación es aprobado por unanimidad de todos los presentes.
3ª Mocion : El Grupo Socialista presenta la siguiente Mocion :
“ MOCION PARA QUE SEA APROBADA POR LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID
Con el estallido de la crisis y el aumento del paro, centenares de miles de familias han llegado a una situación límite que no les permite cubrir sus necesidades más básicas.
Según los datos del Consejo General del Poder Judicial, sólo entre 2007 y 2010 en el Estado Español se han producido cerca de 300.000 ejecuciones hipotecarias, y las previsiones dicen que entre 2011 y 2012 se podría llegar a la cifra de 500.000. A su vez más de dos millones de viviendas permanecen vacías por unas u otras razones.
La ejecución hipotecaria por impago del crédito hipotecario provoca la pérdida de la vivienda habitual para miles de familias cada año y además una condena financiera de por vida. En el procedimiento judicial hipotecario la vivienda se subasta y la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que, en caso de no presentarse postores (lo que está sucediendo en el 90% de los supuestos), el Banco o Entidad prestamista puede adjudicarse la vivienda por el 60% del valor de tasación. Así no sólo se quedan con la vivienda por un precio mucho menor del que se tasó al constituir la hipoteca, sino que además una buena parte de la deuda se mantiene (una vez descontado el valor por el que se ha subastado la vivienda), incrementada por cuantiosos gastos judiciales y honorarios profesionales. Además, como resultado de todo ello a las personas deudoras se le embargarán bienes e ingresos presentes y futuros hasta saldar la totalidad de la deuda.
La legislación que permite todo lo anterior es anómala y no tiene comparativa con las legislaciones de otros países de nuestro entorno, Además era muy desconocida por las familias cuando firmaron los contratos hipotecarios. Hecho que se suma a la publicidad engañosa con la que se comercializaron la mayoría de esas hipotecas, a la sobrevaloración en las tasaciones de las viviendas y al lenguaje de difícil comprensión utilizado en los contratos. Ahora miles de personas descubren que cualquier impago, por pequeño que sea, puede suponer el vencimiento anticipado de todo lo adeudado, y que esos contratos hipotecarios contenían numerosas cláusulas abusivas, como es el caso de las cláusulas suelo-techo, o de los intereses moratorios que oscilan entre el 18 y 20%.
Todo lo aquí expuesto vulnera el derecho a la vivienda que como mandato constitucional está recogido en el artículo 47 de la Constitución Española, que dice: “Todos los españoles tienen derecho a una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación”.
Los efectos dramáticos de la situación descrita se concretan de una forma especial en el ámbito municipal, puesto que es a los Ayuntamientos a donde se dirigen mayormente las personas y familias afectadas en busca de ayuda.
La pérdida de la vivienda priva al individuo o familia de toda residencia y, a su vez, la ausencia de residencia, conlleva la pérdida de otros derechos e impide a las personas afectadas realizarse tanto profesional como familiarmente, y en muchos casos las condena a la exclusión y marginación social y económica.
Es necesario intervenir con urgencia ante esta dramática situación.
Por todo ello acordamos:
1. Instar al Gobierno para que apruebe una moratoria total o parcial, sin intereses añadidos, de las deudas hipotecarias sobre vivienda habitual, a favor de las personas que se hallen en situación de insolvencia sobrevenida de buena fe, de tal forma que se eviten los procedimientos judiciales hipotecarios, las subastas de viviendas y los desahucios que están dejando en la calle a miles de familias.
2. Instar al Gobierno para que adopte las medidas necesarias para que en los supuestos de vivienda habitual e insolvencia sobrevenida de buena fé, se aplique la dación en pago regulada en el art. 140 de la Ley Hipotecaria, de tal forma que, a elección del deudor, se pueda cancelar, sin ejecución hipotecaria, la totalidad de la deuda pendiente con la entrega de la vivienda aunque ello no se haya pactado al constituirse la hipoteca.
3. Instar al Gobierno para que se adopten todo tipo de medidas tendentes a que los poderes públicos den cumplimiento efectivo al mandato del art. 47 de la Constitución Española, y se estudien salidas justas a la cuestión de las viviendas vacías.
4. Dar traslado de estos acuerdos al Consejo de Ministros, a los Grupos Parlamentarios del Congreso y del Senado, y al Parlamento Autonómico de Castilla y León “
Intervenciones :
El Sr. de la Cal Bueno explica la Moción , y aun reconociendo que el Gobierno de la Nación “ se está poniendo en forma “ en el tema de las hipotecas, la Mocion lo que busca es que se haga una Ley para que se pueda pagar con la vivienda, no a criterio voluntario de los bancos, y que no se expropie la vivienda a aquellos que están en una situación muy precaria. Informa el Sr. de la Cal Bueno sobre las cifras de desahucios afectando a siete familias cada día en Castilla y León.
El Sr. Bermejo de la Cal presenta un texto de enmienda que puede ser de sustitución o de adición , basada en siete puntos sobre la introducción de subastas electrónicas , supervisión de las condiciones de los créditos hipotecarios, desarrollo de sistemas de información para las familias sobre las operaciones de crédito, incentivar a los bancos para ofrecer información sobre hipotecas que contemplen que se cumple la obligación con el bien hipotecado, impulsar acuerdos de movilización del stock de viviendas, estimular la rehabilitación de viviendas , y supeditar todas las medidas anteriores al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria ; y todo esto lo justifica en la Resolución nº 13 del último Debate sobre el Estado de la nación que fue aprobada por los grupos de CIU, PSOE Y PP.
El Sr. Alcalde propone que se trate como enmienda de adición y por tanto la Moción final quede como la suma de los 4 puntos + 7 puntos, en total 11 puntos.
Interviene el Sr. Claro Alvarez que dice que su grupo está de acuerdo con la propuesta que proviene del 15-M, presentada por el Grupo Socialista ,pero no está de acuerdo con el argumentario presentado por el Partido Popular; y por tanto se posiciona en contra de que se unan , y solicita que se vote una a una cada Mocion . El Sr. Alcalde explica que no se trata de anular la primera Moción, sino de añadir los siete puntos de la Mocion del PP. El Sr. Lambás Cid dice que cada uno presente su Moción , y se vote por separado.
Interviene la Sra. Santos Villafañe para pedir explicación de por qué se debate una Mocion que ha hecho el 15-M. El Sr. de la Cal Bueno contesta que las Mociones las presentan los Grupos Municipales, y aunque está hecha por el Grupo del 15-M, el Grupo Socialista la asume como propia y la ha presentado en el Pleno como propia del Grupo Socialista.
El Sr. Bermejo de la Cal interviene para decir que acepta como dice el Sr. Alcalde que su mocion se una a la del Grupo Socialista ; pero si se vota por separado la suya de la del Grupo Socialista, votará en contra de ésta .
El sr. Alcalde somete a votación su propuesta de unir ambas Mociones : el Sr. Lambás por IU vota NO; el Sr. Claro Alvarez por Independientes por Aldeamayor vota NO, la Sra. Santos Villafañe por URCL se abstiene; el Sr. Bermejo de la Cal dice que ante las reticencias manifestadas contra su Mocion , ya sea como adición , ya sea como enmienda de sustitución , si no se admite como enmienda la retira .
Votación :
Ante esto , el Sr. Alcalde somete a votación la Moción presentada por el Grupo Socialista , dando el siguiente resultado :
Votos a favor 6 , de los Srs. Sanz Manso, de la Cal Bueno, Claro Alvarez, Calleja Bolado, Lambás Cid, y Sra. Almanza Badás.
Votos en contra 3 , de los Srs. Bermejo de la Cal, Ojero Vivas, y Montes Juste. Y dos votos de Abstención de las Sras Santos Villafañe y Martín Gómez.
La Sra Santos Villafañe en explicación de voto hace constar que esta en el fondo de acuerdo, pero no en la forma en que se traído al Pleno y tratado la Moción.
4ª Mocion :
PROPOSICION PARA LA ADOPCIÓN DE UN ACUERDO MUNICIPAL DE SOLIDARIDAD, APOYO, COLABORACIÓN E IMPULSO A FAVOR DE LA “GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA”
Esta moción se presenta en el Ayuntamiento, a propuesta de la Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida (UEFACC).
EXPOSICION DE MOTIVOS:
La igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida es una constante en los países democráticos y un objetivo primordial en la construcción de una sociedad más justa e igualitaria.
Igualmente, la Convención sobre los Derechos del Niño, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de Noviembre de 1989, y ratificada por el Reino de España el 30 de Noviembre de 1990, obliga a los Estados a respetar el derecho de los niños a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos progenitores de modo regular.
En la actualidad miles de ciudadanos españoles, incluidos también miles de niños y niñas, se ven afectados por graves problemas tras la separación o divorcio de la pareja. Según el Instituto de Política Familiar hoy se celebran en España dos divorcios por cada tres matrimonios y se estima que casi la mitad de los matrimonios que se contraen acaban, antes o después, en divorcio. Esto quiere decir que la masa de población afectada es enorme. Sin embargo, las leyes que regulan las rupturas matrimoniales están anticuadas y es necesario reformarlas, pues producen graves perjuicios sobre todo en los menores, a los que no se les garantiza su derecho más elemental de continuar conviviendo con sus dos padres de forma igualitaria y alterna, convirtiéndoles a menudo en instrumento de arma arrojadiza o en moneda de cambio para obtener considerables beneficios materiales en el proceso de divorcio.
Estas leyes son normas de un pasado ya lejano, que no tienen en cuenta la transformación de la sociedad española, en la que la mujer ha logrado incorporarse con fuerza al mercado laboral y por tanto está en condiciones de mantener su autonomía. Por su parte los varones han adoptado un papel activo en la crianza de los hijos, se implican en sus cuidados desde el nacimiento y se preocupan por su educación, su bienestar y su futuro. En contra de esa evolución social, las normas relacionadas con el divorcio imponen a la mujer la especialización en la crianza de los hijos y en consecuencia son normas que entran en contradicción con las políticas de igualdad y progreso que pretenden fomentar y consolidar el desarrollo profesional de la mujer.
En la actualidad el índice de contenciosidad en la resolución de las disoluciones matrimoniales se sitúa en el 41%. Además, el actual modelo de divorcio impone, en el 92% de los casos, que los hijos queden a cargo de un solo progenitor, mientras el otro pasa a tener, a menudo de modo impuesto, un papel secundario y sin relevancia alguna, lo que con el tiempo, en la mayoría de los casos, trae consigo la desaparición de ese referente en la vida del menor. La pérdida injustificada de uno de los padres supone un drama para cualquier niño, drama que acaba produciendo desequilibrios emocionales que arrastrará en su adolescencia y en la vida adulta.
Las consecuencias de este sistema adversarial de ganadores y perdedores, lejos de garantizar el ejercicio de los derechos y deberes, incentiva el conflicto en el seno de la familia, provocando la desaparición brutal de un progenitor en la vida de sus hijos y dificultando enormemente la posibilidad de que el divorcio pueda significar una oportunidad real para rehacer la vida de los adultos y al mismo tiempo normalizar y armonizar la vida de los menores con sus dos padres.
Atendiendo a criterios de derechos de los niños, así como de igualdad y corresponsabilidad de los progenitores, son numerosos los países que han introducido la “Guarda y Custodia Compartida o responsabilidad parental compartida” en su legislación. Tal es el ejemplo de Alemania, Austria, Australia, Bélgica, Canadá, Dinamarca, EE.UU. Francia, Inglaterra y Gales, Italia, Portugal, Republica Checa, Suecia, Suiza, Argentina, Brasil, Colombia, Perú, Puerto Rico, etc.
Por otra parte y como demuestran las encuestas de opinión publicadas recientemente así como las iniciativas legislativas aprobadas en diversos ayuntamientos, parlamentos autonómicos, diputaciones, juntas generales y Senado, la sociedad actual acepta y se posiciona mayoritaria y claramente a favor de la “Guarda y Custodia Compartida”, aún a falta de acuerdo entre los padres.
ACUERDO:
Esta Corporación Municipal, siempre en su obligación de velar por el mejor interés de los menores y por reivindicar y defender los derechos civiles de los ciudadanos adultos y niños, donde son vulnerados, acuerda:
Considerar la figura jurídica de la “Guarda y Custodia Compartida” de los hijos, como el mayor garante del interés superior de los mismos, el cual es por encima de cualquier otro, el continuar compartiendo sus vidas en igualdad temporal, espacial y legal, con sus dos progenitores.
1. Considerar que la Guarda y Custodia Compartida constituye un derecho fundamental de los menores, así como el recurso jurídico y familiar que de modo general asegura la igualdad de las partes en estos procesos, impidiendo que uno de los progenitores se eleve con el monopolio exclusivo de los menores, con el riesgo de utilización y manipulación de los mismos.
2. Instar al legislador a que modifique el Código Civil para que éste recoja el ejercicio de la Guarda y Custodia Compartida desde el mismo momento en que se presenta ante el juzgado una demanda de separación o divorcio, salvo los casos excepcionales que puedan producirse. El poder judicial deberá velar por este derecho básico de los menores.
3. Desde el ámbito de responsabilidad municipal, esta corporación se compromete a transmitir los valores de igualdad y de corresponsabilidad parental que comportan la Guarda y Custodia Compartida, a todos sus órganos y muy especialmente en las áreas de familia, igualdad y servicios sociales.
4. Instar a las Cortes Generales para que, de modo urgente, aborde las modificaciones legales pertinentes en el Código Civil, de manera que figure la Guarda y Custodia Compartida como un derecho del menor cuyo ejercicio se ha de salvaguardar de modo general aún en defecto de acuerdo entre los padres, considerando igualmente las interacciones negativas que se producen con la Ley de Violencia de Género.
Envíese esta moción a los siguientes órganos institucionales:
• Congreso de los Diputados
Mesa del Congreso
• Senado
Mesa del Senado
• Defensor del Pueblo de España
• Procurador del Común.
• Consejo General del Poder Judicial
• Tribunal Constitucional
• Fiscalía General del Estado
Cortes de Castilla y León
Intervenciones :
No hay intervenciones .
Votación :
Votos a favor : 8 de los Srs. Sanz Manso, de la Cal Bueno, Claro Alvarez, Calleja Bolado, Lambás Cid,y Sras. Almanza Badás, Santos Villafañe y Martín Gómez; y con la abstención de los Srs. Ojero Vivas, Bermejo de la Cal y Montes Juste.
9. RUEGOS Y PREGUNTAS .
Pregunta de la Sra. Santos Villafañe sobre cuando van a entregar las cuentas de la programación de Navidad. Responde el Sr. de la Cal Bueno que hoy; y acto seguido entrega a los Grupos una hoja con las cuentas de ejecución de la programación de Navidad.
Pregunta del Sr. Ojero Vivas.. ¿Cómo va el ARI? El Sr. alcalde responde que no hay nuevas negociaciones, y que todo queda pendiente de lo que salga en los Presupuestos de 2012 de la Junta de Castilla y Leon .
El Sr. Ojero Vivas presenta el ruego de que se permita en la Calle Calvario la salida de vehículos de las cocheras que llevan ya tres semanas cerrados.
Ruega también que se regule bien el uso del Camino de Rodamarzo, pues cortar el paso con carácter general va a generar problemas.
La Sra. Santos Villafañe dice que echa en falta algunas facturas en la relación de gastos de navidad, como la de la Carpa o Yaloves Producciones. El Sr. de la Cal Bueno responde que lo preguntará.
NO habiendo mas asuntos que tratar, y siendo las veinte horas y cuarenta y cinco minutos por el Presidente se dio por finalizada la sesión de la que se levanta la presente acta, de lo que yo el Secretario doy fe, y certifico.
Vº.Bº. El Alcalde El Secretario
Fdo: Bernardo Sanz Manso Fdo: Teodoro Sanz Rivas
En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Aldeamayor de San Martín , siendo las diecinueve horas del día veintitrés de Febrero de dos mil doce, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. Bernardo Sanz Manso, se reunió en Sesión Ordinaria el Ayuntamiento Pleno con la asistencia de los Srs. Concejales D. Jacob Bermejo de la Cal, D. Abilio Ojero Vivas, D. Francisco Javier Montes Juste, Dª Virginia Almanza Badás, D. Fernando de la Cal Bueno , D. Francisco Claro Álvarez, D. Félix Antonio Calleja Bolado , Dª Pilar Santos Villafañe, Dª Maria del Mar Martín Gómez , y D. Francisco Antonio Lambás Cid.
Asiste el Sr. Interventor D. Francisco Javier González Martín, y el Sr. Secretario del Ayuntamiento D. Teodoro Sanz Rivas, que da fe del acto.
Abierta la Sesión por el Presidente, se procede a desarrollar el Orden del Día de la siguiente forma:
1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR .-
Dada cuenta del Acta de la Sesión anterior, correspondiente al día 16 de Febrero de 2012, no presentándose objeciones a su redacción se aprueba por unanimidad,
2.- DACIÓN DE CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA DESDE LA ANTERIOR SESIÓN ORDINARIA .
Dada cuenta de las resoluciones dictadas por el Sr. Alcalde desde la última sesión ordinaria, que corresponden con los Decretos 28 al 62 de 2012 , de los cuales los Grupos Políticos Municipales han recibido copia, el Ayuntamiento Pleno queda enterado.
3.- APROBACIÓN DE DICTAMEN SOBRE FASE DE APROBACION PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL P.G.O.U. DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTIN PARA MODIFICACIÓN DEL PLAN PARICAL DEL SUD 3 Y SU ORDENACIÓN DETALLADA .-
Se somete a la aprobación del Pleno el siguiente Dictamen de Comisión:
APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL P.G.O.U. DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN PARA MODIFICAR EL PLAN PARCIAL DEL SUD 3 Y SU ORDENACIÓN DETALLADA.
Dada cuenta del expediente de Modificación Puntual del P.G.O.U. de Aldeamayor de San Martín para modificar el Plan Parcial del Sud 3 y su ordenación detallada instado por la Junta de Compensación del Sud 3 , según proyecto técnico redactado por el Arquitecto D. José Antonio Florez González;
Resultando que previa solicitud de los informes preceptivos, se aprobó inicialmente el proyecto en fecha 30 de Marzo de 2011 por el Ayuntamiento Pleno, publicándose esta aprobación y abriendo periodo de información publica por plazo de dos meses con anuncio en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en el Bocyl del día 19 de Abril , y en el diario El Norte de Castilla del día 9 de Abril de 2011.-
Por parte de la Comisión Territorial de Urbanismo se efectuó requerimiento de presentación de nueva documentación ajustada a la Ley y al Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, que fue trasladado al Promotor.
Una vez cumplimentado el requerimiento, la misma Comisión Territorial en su Ponencia Técnica en sesión del día 20 de Septiembre de 2011 emite informe desfavorable por considerar que la documentación no la correcta, y que debía iniciarse la tramitación del expediente de acuerdo con la Ley y el Reglamento en vigor.
A la vista de este informe, el Sr. Arquitecto Municipal propone la denegación de la aprobación provisional de la Modificación planteada asumiendo como motivación los planteamientos expuestos por la Ponencia Técnica de la Comisión Territorial de Urbanismo del día 20 de Septiembre de 2011.-
El Sr. Secretario emite informe de procedimiento sobre la legalidad aplicable y competencia del Pleno para resolver este asunto.
La Comisión Informativa de Urbanismo, a petición del interesado propone suspender la resolución hasta que aporte informe de los Técnicos de la C.T.U. aclarando su informe, hecho que no llega a producirse; y tras lo cual se emiten nuevos informes de los técnicos municipales que vienen a ratificar sus anteriores informes
A la vista de lo cual, y con la motivación expresada en los párrafos anteriores, se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
1º) Denegar la aprobación provisional de la Modificación puntual del P.G.O.U. de Aldeamayor de San Martín para modificar el Plan Parcial del Sud 3 y su ordenación detallada instado por la Junta de Compensación del Sud 3, según proyecto técnico redactado por el Arquitecto D. Jose Antonio Florez González, por los motivos expresados por la Ponencia Técnica de la Comisión Territorial de Urbanismo por considerar que la documentación presentada no es la correcta, y que debe iniciarse de nuevo el expediente ajustando la tramitación y la documentación a presentar de acuerdo con la Ley y el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León en vigor.
2º) Notificar esta resolución que pone fin a la vía administrativa al promotor y al alegante D. Jesús González Pérez, así como a los organismos públicos que han emitido informe en este expediente.
Contra este acuerdo se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Pleno en el plazo de un mes desde su notificación , o bien , alternativamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su notificación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Léon, Sala de lo contencioso-administrativo de Valladolid. “
Intervenciones :
El Sr. Ojero Vivas , portavoz suplente del Grupo Popular, manifiesta que se remite a lo dicho en Comisión , y ruega al Sr. Alcalde que inste al Promotor a presentar petición de tramitación del nuevo expediente.
Votación : Sometido a votación es aprobado por 8 votos a favor de los Srs. Sanz Manso, de la Cal Bueno, Claro Alvarez, Calleja Bolado, Lambás Cid, y Sras. Almanza Badás, Santos Villafañe y Martín Gómez; y con la abstención de los Srs. Ojero Vivas, Bermejo de la Cal y Montes Juste.
4.- APROBACION DE CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTE EL AYUNTAMIENTO DE ALDEA DE SAN MIGUEL , ALDEAMAYOR DE SAN MARTIN , MOJADOS Y PORTILLO, PARA ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN Y SOLICITUD DE AYUDAS Y SUBVENCIONES COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PARA EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA DE TALLER DE EMPLEO PARA LA FABRICACIÓN DE ADOBE Y CONSTRUCCIÓN CON BARRO.
El Sr. Concejal Delegado del Area de Industria y Empleo D. Felix Antonio Calleja Bolado, presenta al Pleno el Convenio , explicando que hay intención de la Junta de Castilla y León de aplicar recortes en este tipo de actuaciones, y por eso piensan que es buena idea presentar una propuesta de Taller de Empleo de varios Ayuntamientos, de distinto signo político, y considera que así se le pone más difícil a la Junta de Castilla y Léon negar las ayudas a esta actuación. Relata que ya hay Ayuntamientos que lo han aprobado en Pleno, faltando Portillo, y Aldeamayor, que lo hace hoy.
Explica el Sr. Calleja Bolado que el número de alumnos será de 8, porque las obras que ha propuesto Aldea de San Miguel no da para más alumnos. Pretende que este taller sea un inicio, que tenga en otros ámbitos continuación . E insiste en que la prioridad del Ayuntamiento es conseguir la aprobación de su propia propuesta , que están barajando cinco opciones, y cuando lo tengan bien perfilado lo prsentarán.
El Sr. Bermejo de la Cal, portavoz del Grupo Municipal Popular pregunta sobre la participación de cada Municipio, respondiendo el Sr. Calleja Bolado que el 50 % Aldea de San Miguel; y el resto los otros Municipios en función de los alumnos de cada Municipio que se benefician de la actuación . El Sr. Bermejo de la Cal manifiesta que su grupo está de acuerdo con todas las actuaciones formativas o que generen empleo.
Seguidamente se procede a dar lectura del Dictamen de Comisión :
“ Dada cuenta del Convenio de Colaboración ente el Ayuntamiento de Aldea de San Miguel , Aldeamayor de San Martin , Mojados y Portillo, para establecer el procedimiento de gestión y solicitud de ayudas y subvenciones cofinanciadas por el fondo social europeo para el desarrollo de un programa de taller de empleo para la fabricación de adobe y construcción con barro.;
Considerando conveniente al interes social de los Municipios promover el empleo por estos medios,
El Ayuntamiento Pleno de Aldeamayor de San Martin , acuerda :
1º) Aprobar el Convenio de Colaboración ente el Ayuntamiento de Aldea de San Miguel , Aldeamayor de San Martin , Mojados y Portillo, para establecer el procedimiento de gestión y solicitud de ayudas y subvenciones cofinanciadas por el fondo social europeo para el desarrollo de un programa de taller de empleo para la fabricación de adobe y construcción con barro.
2º) Facultar tan ampliamente como haya lugar en Derecho al Sr. Alcalde – Presidente para la firma del Convenio con el resto de Alcaldes de los Municipios que suscriben el citado Convenio.”.
Votación :
Sometido a votación es aprobado por unanimidad de los presentes.
5.- APROBACION DE EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICAL DE CREDITOS 2/2012 .
PROPUESTA DE ACUERDO
Visto que han tenido entrada en este Ayuntamiento una serie de facturas por servicios o suministros prestados en la mayoría de los casos en la última quincena del ejercicio 2011, cuya remisión al Ayuntamiento ha tenido lugar una vez iniciado el ejercicio 2012. En definitiva, se trata de servicios y suministros facturados en el ejercicio 2011, pero cuyas facturas han tenido entrada en el Ayuntamiento una vez iniciado el ejercicio 2012.
Habiéndose emitido informe de Intervención de fecha 20 de febrero de 2012, donde consta que para reconocer obligaciones de ejercicio distinto al que se han producido se debe proceder siguiendo el procedimiento regulado en el artículo 60.2 del RD 2/2000, es decir, debe ser el Pleno de la entidad el órgano encargado de reconocer dicha obligación. Asimismo, todo reconocimiento de obligación debe llevar aparejado anteriormente o en la misma fase la autorización y la disposición del gasto, que en el caso del reconocimiento extrajudicial de crédito se realizará también por el Pleno de la entidad.
Ha de destacarse, no obstante, que los citados servicios han sido realizados a satisfacción de la Administración municipal y se han producido los gastos para los que hoy se reclama su abono.
El impago, de las citadas facturas produciría un claro enriquecimiento injusto o sin causa que no debe crearse y que impone a esta Administración la compensación del beneficio económico recibido, contemplado tanto si se enfoca desde la óptica del cuasi-contrato (Artículo 1.887 del Código Civil) como la mencionada teoría del enriquecimiento injusto; habiéndose pronunciado en este mismo sentido la jurisprudencia del Tribunal Supremo en Sentencias de 11 de mayo de 1989, 13 de julio de 1984 y 19 de noviembre de 1992, entre otras muchas.
En atención a lo expuesto, se propone al Pleno de la corporación la adopción de los siguientes ACUERDOS:
ÚNICO.- Aprobar el reconocimiento extrajudicial de los créditos incluidos en la siguiente relación adjunta, con la finalidad de dar cobertura a los gastos realizados en el ejercicio 2011, con cargo a la aplicaciones presupuestarias del Presupuesto Municipal de 2.012, en función de la naturaleza del gasto, por un importe total de 749,84 euros (SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CÉNTIMOS DE EURO):
RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL : Expte 2/2012
Partida Número de Factura Fecha de factura Proveedor NIF-CIF Concepto Importe
14.233.216.00 2011/S-09 30-12-2011 ALBERTO PÉREZ AGUILAR 35057760X Reparación de varios ordenadores. Centro de Día 600,62
14.233.221..05 468 31-12-2011 SUPERMERCADOS LA SALVE S.L. B47029863 Consumibles. Centro de Día 9,54
15.341.226.11 470 31-12-2011 SUPERMERCADOS LA SALVE S.L. B47029863 Gastos diversos Torneo de Rana, Bolos, Petanca 89,15
15.338.226.20 469 31-12-2011 SUPERMERCADOS LA SALVE S.L. B47029863 Gastos diversos Fin de año. Asociaciones 50,53
IMPORTE TOTAL 749,84
Intervenciones : No hay.
Votación : Es aprobado por unanimidad de los presentes.
6.- DESIGNACIÓN DE NOMBRE PARA LA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL DE 1º CICLO
Se somete a aprobación el siguiente Dictamen de Comision :
“ Poner nombre al Centro Infantil puede considerarse una tarea fácil. No hay más que acudir a los títulos de cuentos que existen y aun más si tenemos en cuenta todos los personajes que aparecen en dichos cuentos.
Lo difícil es acertar y además que guste a la mayoría.
Imaginemos, el niño o niña que llega al Centro con unos pocos meses de vida, no ha salido del entorno familiar, de su casa y se encuentra con una casa nueva, un lugar amplio, colorido…, una casa encantada. Es algo que se abre al mundo como una ventana mágica.
El lugar donde comienzan sus juegos con otros niños, defiende su espacio, ocupa un rincón donde comienza a soñar, su mente infantil empieza a captar luces, colores.
En fin, ahí van los posibles nombres para nuestra Escuela Infantil:
1ª) LA VENTANA MAGICA ; 2º) EL RINCÓN DE LOS SUEÑOS ; 3º) LA CASITA ENCANTADA
El Ayuntamiento Pleno por 8 votos favor de los Srs. Sanz Manso, de la Cal Bueno, Claro Alvarez, Calleja Bolado, Lambás Cid,y Sras. Almanza Badás, Santos Villafañe y Martín Gómez; y con la abstención de los Srs. Ojero Vivas, Bermejo de la Cal y Montes Juste.
ACUERDA : 1º) Aprobar el siguiente nombre para la Escuela Infantil de Aldeamayor de San Martin : “ la Ventana Mágica”, siendo su nombre oficial completo.: Escuela Infantil de Aldeamayor de San Martin La Ventana Mágica.
2º) Notificarlo así a la Consejería de Educación,, en el expediente que se tramita para la creación de la Escuela Infantil de 1º Ciclo del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martin.
7.- INFORMES D E LA ALCALDIA .
El Sr. Alcalde informa sobre los siguientes asuntos :
1.-Obra en la Cañada de Rodamarzo. Anuncia que se abrirá próximamente al uso de vehículos agrícolas. Se colocarán señales ; y se procurará, aunque reconoce su dificultad , que tan sólo sea para el uso autorizado.
2.- Informa que está concluida la obra del alumbrado del Camino de Tamarizo. Está pendiente de autorización de Industria . Unida a esta , está la obra de electrificación de los depósitos de agua . El contratista Elecnor sólo tiene un año de garantía ; y sin embargo Iberdrola pide tres años si se le cede la línea. Se negociará con Iberdrola para ajustar las garantías.
3.. Informa sobre una reunión con el E.U.C. del Golf el día 9. Le han solicitado renovar el Convenio de Colaboración.
4. Informa que se ha renovado la Junta rectora del E.U.C. del Soto; y anuncia que cuando estén ya los órganos constituidos en sus cargos se estudiará con ellos un convenio de colaboración similar al del Golf.
5. Informa que el día 13 asistió en la FEMP , en Madrid, a la constitución de la Comisión de Desarrollo Económico y Empleo. Se ha acordado que por parte de los Municipios que integran la Comisión se elaboren propuestas para su aprobación , para elevar al Gobierno de España.
6. Informa que el día 14 se celebró mesa de contratación que propuso la adjudicación del contrato de mantenimiento de las Estaciones de Bombeo a la empresa Proyectos de Medio Ambiente .
7. Informa que también ese mismo día 14 tuvo una reunión con los técnicos municipales, y con el representante de Metrovacesa y sus técnicos Se plantearon tres asuntos : La sanción que se ha impuesto al Ayuntamiento por el riego del Campo de Golf; la constitución de una Comunidad de Usuarios; y la recuperación del servicio del agua en su totalidad para el Ayuntamiento , pues tiene análisis que le hacen pensar que en manos de la gestión municipal el agua sería más barata.Informa que se han dado un plazo de cuatro a cinco meses para solucionarlo. Insiste el Sr. Alcalde que su idea es mantener el riego para el Campo del Gof, porque el Campo de Golf es un bien para el Municipio; y que en cuanto al valor del rescate se actúa en base los informes técnicos.
8. Informa el Sr. Alcalde que el día 20 se ha prorrogado el contrato con el Grupo Lince. Indica que prestan bien el servicio , y además realizan una labor social.
9. Informa que en su representación acudió el Sr. Concejal delegado de Urbanismo a una reunión con el SunC 1. Que está pendiente de informe sobre inundabilidad de una empresa llamada Tragsa, para poder aprobarse el Proyecto de Urbanización, y desarrollar las obras.
10. Informa el Sr. Alcalde de la reunión en Megeces, ayer día 22 , con el Sr. Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León y unos treinta Alcaldes para tratar el asunto de la creación de los Distritos de Interes Comunitario. Informa el Sr. Alcalde que según explicaciones dadas por el Sr. Delegado Territorial el objetivo es mejorar los servicios que se prestan a los ciudadanos, abaratar coste, y que la adhesión será voluntaria, pretendiendo crear siete distritos en la provincia de Valladolid.
11. Informa el Sr. alcalde que hoy se han aprobado los Estatutos de la Comunidad Urbana de Valladolid y su Entorno, dejando abierta la posibilidad de que el resto de Municipios que figuran en las DOTVAENT puedan incorporarse. El Sr. Alcalde dice que hay dos servicios muy importantes de los que se podría beneficiar Aldeamayor de San Martin : el transporte de viajeros y la Policia Municipal.
8. MOCIONES DE LOS GRUPOS POLÍTICOS , SI LAS HUBIERE
Se da cuenta de la presentación de distintas Mociones presentadas por los Grupos Municipales, siendo aceptada por unanimidad por asentimiento de los presentes que se incluyan como urgentes en el orden del Día :
1ª Mocion :
MOCION QUE PRESENTAN LOS GRUPOS MUNICIPALES SOCIALISTA, INDEPENDIENTES POR ALDEAMAYOR E IZQUIERDA UNIDA DEL AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTIN PARA SU INCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍA DEL PROXIMO PLENO DEL AYUNTAMIENTO DEL 23 DE FEBRERO DE 2012 PARA SU DEBATE Y APROBACION ,, AL AMPARO DE LO ESTABLECIDO POR LA LEY 7/85 DE 2 DE ABRIL REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCAL Y EL REAL DECRETO 2568/1986 DE 28 DE NOVIEMBRE POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN FUNCIONAMIENTO Y REGIMEN JURÍDICO DE LAS ENTIDADES LOCALES , ART. 97.3.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS :
El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y Léon aprobó en su reunión del pasado 29 de diciembre de 2011 el Decreto 71/2011, por el que se regulan las condiciones de la prorroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y Leon para 2011.
El artículo 3º de este Decreto , que está dedicado a regular la imputación de gastos durante la prorroga presupuestaria , establece textualmente que :
“ 1.durante el periodo de vigencia de la prorroga del Presupuesto, la imputación de gastos se ajustará los siguientes criterios :
a) Los gastos de personal, con cargo al Capitulo 1, en base a las remuneraciones previstas individualmente para la categoría respectiva en la Ley 20/2010, de Presupuestos Generales de la Comunidad para 2011 y disposiciones que la desarrollan, hasta el límie del crédito inicial , a nivel de vinculación, aprobado en el Presupuesto para 2011.
b) Los gastos corrientes en bienes y servicios , con cargo al Capitulo 2, y hasta el limite del crédito inicial, a nivel de vinculación, aprobado en el Presupuesto para 2011:
1º) Por los gastos ordinarios de funcionamiento necesarios para la prestación de servicios públicos.
2º) Por las obligaciones generadas en ejercicios anteriores derivadas de compromisos de gasto debidamente contabilizados, se hubieren adquirido de conformidad con el ordenamiento jurídico y , a la finalización del ejercicio al que correspondan, hubiesen contado con cobertura presupuestaria adecuada y suficiente.
c) Los gastos financieros , con cargo l capitulo 3, y los pasivos financieros, con cargo al capítulo 9, y hasta el limite del crédito inicial, a nivel de vinculación, aprobado en el Presupuesto para 2011, derivados de la cobertura del coste de las operaciones de crédito, así como aquellos costes de carácter análogo.
d) El resto de gasto , a saber, Transferencias corrientes y de Capital , Inversiones Reales y Activos Financieros ,, con cargo a los Capitulos 4,7,6, y 8 respectivamente, y hasta el límite del crédito inicial, a nivel de vinculación, aprobado en el Presupuesto para 2011 :
1º) Por las obligaciones generadas en ejercicios anteriores derivadas de compromisos de gastos debidamente contabilizados o , no habiendo sido contabilizados, se hubieren adquirido de conformidad con el ordenamiento jurídico, y a la finalización del ejercicio al que correspondan, hubiesen contado con cobertura presupuestaria adecuada y suficiente.
2º) Por los compromisos derivados de disposiciones , convenios, y contratos programa que estuvieran en vigor el 31 de diciembre de 2011, y que supongan obligaciones en 2012.
3º) Por los compromisos debidamente adquiridos que se destinen a pensiones , subvenciones y ayudas cuyo beneficiario tuviera derecho a 1 de Enero de 2012.
4º) Por los gastos derivados de compromisos plurianuales que se hubieren contraido con anterioridad al 1º de Enero 2012.
5º)Por los gastos financiados con recursos finalista siempre que se acredite la existencia del compromiso de financiación de la Administración o entidad cofinanciadora.
2. Fuera de los supuestos , contemplados en el apartado anterior, no procederá la realización e imputación de gasto alguno. No obstante, si se considerara imprescindible realizar o imputar algun tipo de gasto no previsto en el apartado Uno anterior, el titular de la consejería que lo proponga elaborará una Memoria Justificativa de la necesidad del gasto, de su repercusión, y efectos en el Presupuesto de su Sección, y de las previsiones de financiación que estime necesarias , y los someterá a autorización de la Consejería competente en materia de Hacienda .”
Esta regulación hace que, en la práctica, durante varios meses de 2012 no se puedan realizar convocatorias de subvenciones para programas que habitualmente realizan en la Comunidad Autónoma, en muchos casos a través de Ayuntamientos y Mancomunidades. Así, la prorroga de los Presupuestos deja en el aire para 2012 las convocatorias para el programa de cualificación profesional inicial; para la contratación de técnicos para Orientación para el Empleo y asistencias al Autoempleo ( OPEAS); para la contratación de agentes de empleo y desarrollo local ( AEDL ); para la contratación de personas preceptoras del IMI y discapacitados; para la contratación de trabajadores en el ámbito de los Nuevos Yacimientos de Empleo ; para la contratación de trabajadores para obras de interés general y social a través de los programas Elco y Elfex; para el programa de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo; para los Talleres para la mejora profesional,; para acciones de Formación Profesional para inmigrantes; para programas experimentales en materia de empleo; para los Proyectos de Cooperación Transfronteriza; para el Programa de Educación de Personas adultas; para la contratación de Agentes de Igualdad; para el mantenimiento de Escuelas Infantiles; para el mantenimiento de Teatros ; para el mantenimiento de Escuelas de Música o para el mantenimiento de Parques de Bomberos;. La ausencia de estas convocatorias en los plazos que habitualmente se realizan perjudicará gravemente a las Entidades Locales de Castilla Y Leon , así como a las personas que podrían beneficiarse de las mismas.
Además en 2011 la Junta de Castilla Y León ha adoptado decisiones , una vez realizadas algunas convocatorias de subvenciones para Ayuntamientos y Mancomunidades que les han perjudicado gravemente. Así , despues de convocar la subvención para la contratación de trabajadores en el ámbito de los nuevos Yacimientos de Empleo , y obligar a contratar el personal subvencionable en unas fechas determinadas, no resolvió la convocatoria , denegando las solicitudes por silencio administrativo. Y en numerosas subvenciones el retraso en la aportación de las cantidades subvencionadas por la comunidad Autónoma ha perjudicado gravemente a Ayuntamientos y Mancomunidades.
Por todo ello, los Grupos Municipales , anteriormente citados, del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martin , presenta para su aprobación por el Pleno Municipal lo siguientes ACUERDOS :
Instar a la Junta de Castilla y León a :
Que antes del día 31 de Marzo de 2012 apruebe la relación de convocatorias de subvenciones destinadas a Ayuntamientos y Mancomunidades de la Comunidad Autónoma que convocará en 2012, con indicación del periodo en el que se procederá la publicación de la convocatoria y de los plazos para la resolución de la misma. En dichas convocatorias se adoptarán los acuerdos necesarios por parte de la Consejería de Hacienda para evitar que tengan los Ayuntamientos y Mancomunidades beneficiarios de las mismas que adelantar las cantidades que en cada subvención deban ser aportadas por la Junta de Castilla y León.-
En Aldeamayor de San Martín , 17 de Febrero de 2012.
Grupo Socialista, el Portavoz.; Grupo Independientes, El Portavoz ; Grupo Izquierda Unida , el Portavoz.
Rubricados. “
Intervenciones :
El Sr. Alcalde explica las razones de la Mocion en el retraso que lleva la Junta para aprobar sus presupuestos, y el daño que eso hace a los Municipios que no cuentan con la certeza de recibir las subvenciones de los programas de ayuda al empleo , tal y como se relata en la Mocion. Se trata dice el Sr. Alcalde de pedir la anticipación de las subvenciones
La Sra. Santos Villafañe, portavoz del Grupo de URCL, indica que no ha tenido tiempo de estudiar la Moción . El Sr. Alcalde reitera las explicaciones anteriores.
El Sr. Bermejo de la Cal manifiesta que le hubiera gustado que antes de traer la Mocion al Pleno se consultara con su grupo , pues su grupo está a favor de cualquier medida que promueva el empleo. Se queja el Sr. Bermejo de la Cal de que no se le ha entregado copia con tiempo suficiente de estudiarlo, y dice entender que hay un sentido político en la Mocion, y que estando de acuerdo con el fin que propone la Mocion, no está de acuerdo con la forma en que ha gestionado este asunto
Votación : Sometida a votación es aprobad por seis votos a favor, de los Grupos Socialista, Independientes por Aldeamayor e izquierda Unida , de los Srs. Sanz Manso, de la Cal Bueno, Calleja Bolado, Claro Alvarez, Lambás Cid y Sra Almanza Badás.; y 5 abstenciones de los Grupos Popular y URCL, srs Bermejo de la Cal, Ojero Vivas, Montes Juste, y Sras. Santos Villafañe y Martín Gómez.
2ª Mocion : ADHESIÓN AL CODIGO DE BUEN GOBIERNO LOCAL APROBADO POR LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS.
Se somete a la aprobación del Pleno la siguiente Mocion presentada por el Equipo de Gobierno :
“ El Congreso de Poderes Locales y Regionales del Consejo de Europa (CPLRE) en sus recomendaciones 60 y 86 aprobadas en 1999, pretende inspirar los comportamientos de las autoridades locales en relación con la “ ética política”.
Por su parte , el Código Europeo de Conducta para la integridad política de los representantes electos “ aprobado por el CPLRE aboga por la promoción de Códigos de conducta para los representantes locales como instrumentos que permitirán crear confianza entre los políticos y los ciudadanos, indispensable para que aquellos que tengan que desempeñar sus funciones puedan hacerlo de forma eficiente puesto que el respeto por el mandato del electorado va estrechamente unido al respeto de unas normas éticas.
En esta dirección insiste, también, la conferencia de Ministros europeos responsables de las instituciones locales y regionales, con ocasión de la declaración sobre participación democrática y la etica publcia a nivel local y regional”. Su declaración de la sesión de Valencia, 15 y 16 de octubre de 2007, haciendo referencia a la Agenda Budapest y a otras recomendaciones del Consejo de Ministros y del Consejo de Europa, nos recuerda la utilidad del Manual de Buenas Practicas sobre la Etica Publica en el nivel de los Gobiernos Locales,
En base a sus recomendaciones , y respetando el marco normativo vigente, la Federación Española de Municipios y Provincias consideró conveniente la redacción de una serie de principios y el diseño de instrumentos de gobierno, que contribuyeran a consolidar pautas de comportamiento de los electos locales en aras a configurar una ética pública común que evite la mala gestión , destierre posibles actuaciones corruptas , y por el contrario sirva para generalizar las buenas prácticas.
El Código contribuirá a la mejora de los modelos de gestión y asegurará a los ciudadanos y ciudadanas un buen gobierno local como garantía de igualdad y solidaridad , adquiriendo un compromiso con la ética pública y la calidad democrática en el ámbito de gestión más próximo al ciudadano . Se trata, en fin, de profundizar en la configuración democrática y participativa de las corporaciones locales.
Por todo lo anterior, se somete a la consideración del Pleno la aprobación del siguiente acuerdo :
UNICO.- El Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martin se adhiere al “ Código de Buen Gobierno Local aprobado unánimemente por la Comisión Ejecutiva de la Federación Española de Municipios y Provincias el día 15 de Junio de 2009 .”
Votación : Sometido a votación es aprobado por unanimidad de todos los presentes.
3ª Mocion : El Grupo Socialista presenta la siguiente Mocion :
“ MOCION PARA QUE SEA APROBADA POR LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID
Con el estallido de la crisis y el aumento del paro, centenares de miles de familias han llegado a una situación límite que no les permite cubrir sus necesidades más básicas.
Según los datos del Consejo General del Poder Judicial, sólo entre 2007 y 2010 en el Estado Español se han producido cerca de 300.000 ejecuciones hipotecarias, y las previsiones dicen que entre 2011 y 2012 se podría llegar a la cifra de 500.000. A su vez más de dos millones de viviendas permanecen vacías por unas u otras razones.
La ejecución hipotecaria por impago del crédito hipotecario provoca la pérdida de la vivienda habitual para miles de familias cada año y además una condena financiera de por vida. En el procedimiento judicial hipotecario la vivienda se subasta y la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que, en caso de no presentarse postores (lo que está sucediendo en el 90% de los supuestos), el Banco o Entidad prestamista puede adjudicarse la vivienda por el 60% del valor de tasación. Así no sólo se quedan con la vivienda por un precio mucho menor del que se tasó al constituir la hipoteca, sino que además una buena parte de la deuda se mantiene (una vez descontado el valor por el que se ha subastado la vivienda), incrementada por cuantiosos gastos judiciales y honorarios profesionales. Además, como resultado de todo ello a las personas deudoras se le embargarán bienes e ingresos presentes y futuros hasta saldar la totalidad de la deuda.
La legislación que permite todo lo anterior es anómala y no tiene comparativa con las legislaciones de otros países de nuestro entorno, Además era muy desconocida por las familias cuando firmaron los contratos hipotecarios. Hecho que se suma a la publicidad engañosa con la que se comercializaron la mayoría de esas hipotecas, a la sobrevaloración en las tasaciones de las viviendas y al lenguaje de difícil comprensión utilizado en los contratos. Ahora miles de personas descubren que cualquier impago, por pequeño que sea, puede suponer el vencimiento anticipado de todo lo adeudado, y que esos contratos hipotecarios contenían numerosas cláusulas abusivas, como es el caso de las cláusulas suelo-techo, o de los intereses moratorios que oscilan entre el 18 y 20%.
Todo lo aquí expuesto vulnera el derecho a la vivienda que como mandato constitucional está recogido en el artículo 47 de la Constitución Española, que dice: “Todos los españoles tienen derecho a una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación”.
Los efectos dramáticos de la situación descrita se concretan de una forma especial en el ámbito municipal, puesto que es a los Ayuntamientos a donde se dirigen mayormente las personas y familias afectadas en busca de ayuda.
La pérdida de la vivienda priva al individuo o familia de toda residencia y, a su vez, la ausencia de residencia, conlleva la pérdida de otros derechos e impide a las personas afectadas realizarse tanto profesional como familiarmente, y en muchos casos las condena a la exclusión y marginación social y económica.
Es necesario intervenir con urgencia ante esta dramática situación.
Por todo ello acordamos:
1. Instar al Gobierno para que apruebe una moratoria total o parcial, sin intereses añadidos, de las deudas hipotecarias sobre vivienda habitual, a favor de las personas que se hallen en situación de insolvencia sobrevenida de buena fe, de tal forma que se eviten los procedimientos judiciales hipotecarios, las subastas de viviendas y los desahucios que están dejando en la calle a miles de familias.
2. Instar al Gobierno para que adopte las medidas necesarias para que en los supuestos de vivienda habitual e insolvencia sobrevenida de buena fé, se aplique la dación en pago regulada en el art. 140 de la Ley Hipotecaria, de tal forma que, a elección del deudor, se pueda cancelar, sin ejecución hipotecaria, la totalidad de la deuda pendiente con la entrega de la vivienda aunque ello no se haya pactado al constituirse la hipoteca.
3. Instar al Gobierno para que se adopten todo tipo de medidas tendentes a que los poderes públicos den cumplimiento efectivo al mandato del art. 47 de la Constitución Española, y se estudien salidas justas a la cuestión de las viviendas vacías.
4. Dar traslado de estos acuerdos al Consejo de Ministros, a los Grupos Parlamentarios del Congreso y del Senado, y al Parlamento Autonómico de Castilla y León “
Intervenciones :
El Sr. de la Cal Bueno explica la Moción , y aun reconociendo que el Gobierno de la Nación “ se está poniendo en forma “ en el tema de las hipotecas, la Mocion lo que busca es que se haga una Ley para que se pueda pagar con la vivienda, no a criterio voluntario de los bancos, y que no se expropie la vivienda a aquellos que están en una situación muy precaria. Informa el Sr. de la Cal Bueno sobre las cifras de desahucios afectando a siete familias cada día en Castilla y León.
El Sr. Bermejo de la Cal presenta un texto de enmienda que puede ser de sustitución o de adición , basada en siete puntos sobre la introducción de subastas electrónicas , supervisión de las condiciones de los créditos hipotecarios, desarrollo de sistemas de información para las familias sobre las operaciones de crédito, incentivar a los bancos para ofrecer información sobre hipotecas que contemplen que se cumple la obligación con el bien hipotecado, impulsar acuerdos de movilización del stock de viviendas, estimular la rehabilitación de viviendas , y supeditar todas las medidas anteriores al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria ; y todo esto lo justifica en la Resolución nº 13 del último Debate sobre el Estado de la nación que fue aprobada por los grupos de CIU, PSOE Y PP.
El Sr. Alcalde propone que se trate como enmienda de adición y por tanto la Moción final quede como la suma de los 4 puntos + 7 puntos, en total 11 puntos.
Interviene el Sr. Claro Alvarez que dice que su grupo está de acuerdo con la propuesta que proviene del 15-M, presentada por el Grupo Socialista ,pero no está de acuerdo con el argumentario presentado por el Partido Popular; y por tanto se posiciona en contra de que se unan , y solicita que se vote una a una cada Mocion . El Sr. Alcalde explica que no se trata de anular la primera Moción, sino de añadir los siete puntos de la Mocion del PP. El Sr. Lambás Cid dice que cada uno presente su Moción , y se vote por separado.
Interviene la Sra. Santos Villafañe para pedir explicación de por qué se debate una Mocion que ha hecho el 15-M. El Sr. de la Cal Bueno contesta que las Mociones las presentan los Grupos Municipales, y aunque está hecha por el Grupo del 15-M, el Grupo Socialista la asume como propia y la ha presentado en el Pleno como propia del Grupo Socialista.
El Sr. Bermejo de la Cal interviene para decir que acepta como dice el Sr. Alcalde que su mocion se una a la del Grupo Socialista ; pero si se vota por separado la suya de la del Grupo Socialista, votará en contra de ésta .
El sr. Alcalde somete a votación su propuesta de unir ambas Mociones : el Sr. Lambás por IU vota NO; el Sr. Claro Alvarez por Independientes por Aldeamayor vota NO, la Sra. Santos Villafañe por URCL se abstiene; el Sr. Bermejo de la Cal dice que ante las reticencias manifestadas contra su Mocion , ya sea como adición , ya sea como enmienda de sustitución , si no se admite como enmienda la retira .
Votación :
Ante esto , el Sr. Alcalde somete a votación la Moción presentada por el Grupo Socialista , dando el siguiente resultado :
Votos a favor 6 , de los Srs. Sanz Manso, de la Cal Bueno, Claro Alvarez, Calleja Bolado, Lambás Cid, y Sra. Almanza Badás.
Votos en contra 3 , de los Srs. Bermejo de la Cal, Ojero Vivas, y Montes Juste. Y dos votos de Abstención de las Sras Santos Villafañe y Martín Gómez.
La Sra Santos Villafañe en explicación de voto hace constar que esta en el fondo de acuerdo, pero no en la forma en que se traído al Pleno y tratado la Moción.
4ª Mocion :
PROPOSICION PARA LA ADOPCIÓN DE UN ACUERDO MUNICIPAL DE SOLIDARIDAD, APOYO, COLABORACIÓN E IMPULSO A FAVOR DE LA “GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA”
Esta moción se presenta en el Ayuntamiento, a propuesta de la Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida (UEFACC).
EXPOSICION DE MOTIVOS:
La igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida es una constante en los países democráticos y un objetivo primordial en la construcción de una sociedad más justa e igualitaria.
Igualmente, la Convención sobre los Derechos del Niño, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de Noviembre de 1989, y ratificada por el Reino de España el 30 de Noviembre de 1990, obliga a los Estados a respetar el derecho de los niños a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos progenitores de modo regular.
En la actualidad miles de ciudadanos españoles, incluidos también miles de niños y niñas, se ven afectados por graves problemas tras la separación o divorcio de la pareja. Según el Instituto de Política Familiar hoy se celebran en España dos divorcios por cada tres matrimonios y se estima que casi la mitad de los matrimonios que se contraen acaban, antes o después, en divorcio. Esto quiere decir que la masa de población afectada es enorme. Sin embargo, las leyes que regulan las rupturas matrimoniales están anticuadas y es necesario reformarlas, pues producen graves perjuicios sobre todo en los menores, a los que no se les garantiza su derecho más elemental de continuar conviviendo con sus dos padres de forma igualitaria y alterna, convirtiéndoles a menudo en instrumento de arma arrojadiza o en moneda de cambio para obtener considerables beneficios materiales en el proceso de divorcio.
Estas leyes son normas de un pasado ya lejano, que no tienen en cuenta la transformación de la sociedad española, en la que la mujer ha logrado incorporarse con fuerza al mercado laboral y por tanto está en condiciones de mantener su autonomía. Por su parte los varones han adoptado un papel activo en la crianza de los hijos, se implican en sus cuidados desde el nacimiento y se preocupan por su educación, su bienestar y su futuro. En contra de esa evolución social, las normas relacionadas con el divorcio imponen a la mujer la especialización en la crianza de los hijos y en consecuencia son normas que entran en contradicción con las políticas de igualdad y progreso que pretenden fomentar y consolidar el desarrollo profesional de la mujer.
En la actualidad el índice de contenciosidad en la resolución de las disoluciones matrimoniales se sitúa en el 41%. Además, el actual modelo de divorcio impone, en el 92% de los casos, que los hijos queden a cargo de un solo progenitor, mientras el otro pasa a tener, a menudo de modo impuesto, un papel secundario y sin relevancia alguna, lo que con el tiempo, en la mayoría de los casos, trae consigo la desaparición de ese referente en la vida del menor. La pérdida injustificada de uno de los padres supone un drama para cualquier niño, drama que acaba produciendo desequilibrios emocionales que arrastrará en su adolescencia y en la vida adulta.
Las consecuencias de este sistema adversarial de ganadores y perdedores, lejos de garantizar el ejercicio de los derechos y deberes, incentiva el conflicto en el seno de la familia, provocando la desaparición brutal de un progenitor en la vida de sus hijos y dificultando enormemente la posibilidad de que el divorcio pueda significar una oportunidad real para rehacer la vida de los adultos y al mismo tiempo normalizar y armonizar la vida de los menores con sus dos padres.
Atendiendo a criterios de derechos de los niños, así como de igualdad y corresponsabilidad de los progenitores, son numerosos los países que han introducido la “Guarda y Custodia Compartida o responsabilidad parental compartida” en su legislación. Tal es el ejemplo de Alemania, Austria, Australia, Bélgica, Canadá, Dinamarca, EE.UU. Francia, Inglaterra y Gales, Italia, Portugal, Republica Checa, Suecia, Suiza, Argentina, Brasil, Colombia, Perú, Puerto Rico, etc.
Por otra parte y como demuestran las encuestas de opinión publicadas recientemente así como las iniciativas legislativas aprobadas en diversos ayuntamientos, parlamentos autonómicos, diputaciones, juntas generales y Senado, la sociedad actual acepta y se posiciona mayoritaria y claramente a favor de la “Guarda y Custodia Compartida”, aún a falta de acuerdo entre los padres.
ACUERDO:
Esta Corporación Municipal, siempre en su obligación de velar por el mejor interés de los menores y por reivindicar y defender los derechos civiles de los ciudadanos adultos y niños, donde son vulnerados, acuerda:
Considerar la figura jurídica de la “Guarda y Custodia Compartida” de los hijos, como el mayor garante del interés superior de los mismos, el cual es por encima de cualquier otro, el continuar compartiendo sus vidas en igualdad temporal, espacial y legal, con sus dos progenitores.
1. Considerar que la Guarda y Custodia Compartida constituye un derecho fundamental de los menores, así como el recurso jurídico y familiar que de modo general asegura la igualdad de las partes en estos procesos, impidiendo que uno de los progenitores se eleve con el monopolio exclusivo de los menores, con el riesgo de utilización y manipulación de los mismos.
2. Instar al legislador a que modifique el Código Civil para que éste recoja el ejercicio de la Guarda y Custodia Compartida desde el mismo momento en que se presenta ante el juzgado una demanda de separación o divorcio, salvo los casos excepcionales que puedan producirse. El poder judicial deberá velar por este derecho básico de los menores.
3. Desde el ámbito de responsabilidad municipal, esta corporación se compromete a transmitir los valores de igualdad y de corresponsabilidad parental que comportan la Guarda y Custodia Compartida, a todos sus órganos y muy especialmente en las áreas de familia, igualdad y servicios sociales.
4. Instar a las Cortes Generales para que, de modo urgente, aborde las modificaciones legales pertinentes en el Código Civil, de manera que figure la Guarda y Custodia Compartida como un derecho del menor cuyo ejercicio se ha de salvaguardar de modo general aún en defecto de acuerdo entre los padres, considerando igualmente las interacciones negativas que se producen con la Ley de Violencia de Género.
Envíese esta moción a los siguientes órganos institucionales:
• Congreso de los Diputados
Mesa del Congreso
• Senado
Mesa del Senado
• Defensor del Pueblo de España
• Procurador del Común.
• Consejo General del Poder Judicial
• Tribunal Constitucional
• Fiscalía General del Estado
Cortes de Castilla y León
Intervenciones :
No hay intervenciones .
Votación :
Votos a favor : 8 de los Srs. Sanz Manso, de la Cal Bueno, Claro Alvarez, Calleja Bolado, Lambás Cid,y Sras. Almanza Badás, Santos Villafañe y Martín Gómez; y con la abstención de los Srs. Ojero Vivas, Bermejo de la Cal y Montes Juste.
9. RUEGOS Y PREGUNTAS .
Pregunta de la Sra. Santos Villafañe sobre cuando van a entregar las cuentas de la programación de Navidad. Responde el Sr. de la Cal Bueno que hoy; y acto seguido entrega a los Grupos una hoja con las cuentas de ejecución de la programación de Navidad.
Pregunta del Sr. Ojero Vivas.. ¿Cómo va el ARI? El Sr. alcalde responde que no hay nuevas negociaciones, y que todo queda pendiente de lo que salga en los Presupuestos de 2012 de la Junta de Castilla y Leon .
El Sr. Ojero Vivas presenta el ruego de que se permita en la Calle Calvario la salida de vehículos de las cocheras que llevan ya tres semanas cerrados.
Ruega también que se regule bien el uso del Camino de Rodamarzo, pues cortar el paso con carácter general va a generar problemas.
La Sra. Santos Villafañe dice que echa en falta algunas facturas en la relación de gastos de navidad, como la de la Carpa o Yaloves Producciones. El Sr. de la Cal Bueno responde que lo preguntará.
NO habiendo mas asuntos que tratar, y siendo las veinte horas y cuarenta y cinco minutos por el Presidente se dio por finalizada la sesión de la que se levanta la presente acta, de lo que yo el Secretario doy fe, y certifico.
Vº.Bº. El Alcalde El Secretario
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